Acuerdo número 17 de 2021, por el cual se modifica Reglamento de Crédito Educativo - 29 de Abril de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 866661303

Acuerdo número 17 de 2021, por el cual se modifica Reglamento de Crédito Educativo

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior
Número de Boletín51660

La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere el artículo 7º de la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, los numerales 1 y 4 del artículo 9º del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006, los artículos 4º, 6º y los numerales 1 y 4 del artículo 19 del Acuerdo número 013 del 24 de febrero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 13, 334 y 366 de la Constitución Política consagran la obligación del Estado de promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, lo que implica adoptar medidas en favor de grupos discriminados o marginados, asegurando que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos, priorizando el gasto público social.

Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia, establece que la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social y a su vez el artículo 69 ídem señala que el Estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior, labor que ha sido encomendada al Icetex.

Que de acuerdo con el documento Conpes 3816 de 2014, la política de Mejora Normativa tiene como objetivo promover el uso de herramientas y buenas prácticas regulatorias, a fin de lograr que las normas expedidas por la Rama Ejecutiva del Poder Público, en los órdenes nacional y territorial, revistan los parámetros de calidad técnica y jurídica; resultando eficaces, eficientes, transparentes, coherentes y simples en su aplicación. En este sentido, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez (Icetex) se compromete a promover la calidad en la producción de las normas, su impacto, la racionalización del inventario normativo, la participación y consulta pública en el proceso de elaboración de las normas, al igual que la defensa y la divulgación del ordenamiento jurídico atinente a la Entidad.

Que la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005 transformó al Icetex en una Entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, cuyo objeto es el fomento social de la educación superior, priorizando la población de bajos recursos económicos y aquella con mérito académico en todos los estratos a través de mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas a la educación superior, la canalización y administración de recursos, becas y otros apoyos de carácter nacional e internacional, con recursos propios o de terceros.

Que el artículo 94 de la Ley 715 de 2001, modificado por el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007, el cual a su vez fue reglamentado por el Decreto número 4816 de 2008 define la focalización como "el proceso mediante el cual, se garantiza que el gasto social se asigne a los grupos de población más pobre y vulnerable" y señala que el Conpes Social, "definirá cada tres años los criterios e instrumentos para la determinación, identificación y selección de beneficiarios, así como, los criterios para la aplicación del gasto social por parte de las entidades territoriales".

Que con fundamento en lo establecido en el artículo 94 de la Ley 715 de 2001, el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios para Programas Sociales (SISBÉN) es el principal instrumento de focalización individual del gasto social en el país y actualmente se encuentra regulado por lo establecido en el Conpes 3877 de 2016 y lo reglamentado en el Decreto número 441 de 2017.

Que con base en la información de potenciales beneficiarios, las entidades ejecutoras de programas sociales que se apoyan en la información que les provee este sistema, focalizan los beneficiarios y asignan los subsidios y el apoyo estatal.

Que el 5 de diciembre de 2016, el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) aprobó el...

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