Acuerdo número 17 de 2021, por el cual se conceden expresas autorizaciones al director general de la CAR en el marco del Contrato de Préstamo BIRF 7985 - CO suscrito con el Banco Mundial para el saneamiento del Río Bogotá, en el marco de los Acuerdos CAR número 025 del 13 de octubre de 2009, número 002 y 003 del 22 de febrero de 2011, y número 39 del 5 de diciembre de 2017 - 19 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 878621799

Acuerdo número 17 de 2021, por el cual se conceden expresas autorizaciones al director general de la CAR en el marco del Contrato de Préstamo BIRF 7985 - CO suscrito con el Banco Mundial para el saneamiento del Río Bogotá, en el marco de los Acuerdos CAR número 025 del 13 de octubre de 2009, número 002 y 003 del 22 de febrero de 2011, y número 39 del 5 de diciembre de 2017

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín51863

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en el literal e), del artículo 27, de la Ley 99 de 1993, y en el numeral 5, del artículo 24, de los Estatutos de la Corporación, aprobados mediante la Resolución número 703 del 25 de junio de 2003, proferida por el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo de la CAR mediante Acuerdo número 025 del 13 de octubre de 2009, autorizó al Director General para "Efectuar una operación de crédito público externo con el Banco Mundial hasta por la suma de USD DOSCIENTOS CINCUENTA

MILLONES (USD 250.000.000) para la financiación de la ejecución de las obras, los componentes y en general las inversiones ambientales incorporadas dentro del denominado

Megaproyecto Río Bogotá, de conformidad con lo previsto en el Documento CONPES 3320 de 2004 y el Convenio Interadministrativo 171 de 2007".

Que el Consejo Directivo de la CAR mediante Acuerdo número 002 del 22 de febrero de 2011, autorizó al Director General para celebrar un Otrosí al Contrato de Contragarantías "Pignoración de rentas Corporación Autónoma de las Cuencas de los Ríos Bogotá, Ubaté y Suárez (CAR) (hoy Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público del 16 de diciembre de 1991", y en general para suscribir los contratos y demás documentos que se requieran para llevar a cabo esa operación, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del citado Acuerdo.

Que el Consejo Directivo de la CAR mediante Acuerdo número 003 del 22 de febrero de 2011, ratificó y adicionó el Acuerdo número 25 del 13 de octubre de 2009, confiriendo autorización al Director General de la CAR para constituir las garantías, contragarantías y en general para suscribir los documentos y demás operaciones conexas, asimiladas que se requieran para cumplir con lo previsto en el artículo primero de ese Acuerdo, con el cual se pudiera cumplir con los documentos y respaldos suficientes para amparar la operación de crédito público externo con el Banco Mundial.

Que el Gobierno Nacional autorizó la Garantía al Contrato de Préstamo, dentro del cupo legal de endeudamiento externo autorizado para el país, de conformidad con la Ley 533 de 1999 y desarrollado mediante Resolución número 1305 del 7 de mayo de 2010, de acuerdo a las condiciones financieras aprobadas por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que mediante la Resolución número 1917 del 14 de julio de 2011, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a la CAR para celebrar el Contrato de Empréstito externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), con garantía de la Nación...

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