Acuerdo número 26 de 2022, por el cual se adopta la Política de Guía, Información y Acompañamiento: Comunidad Icetex - 8 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 909086675

Acuerdo número 26 de 2022, por el cual se adopta la Política de Guía, Información y Acompañamiento: Comunidad Icetex

EmisorEntidades Financieras De Naturaleza Unica - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior
Número de Boletín52120

La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confieren los numerales 1 y 4 del artículo 9º del Decreto 1050 de 2006, los numerales 1 y 4 del artículo 9º del Acuerdo 013 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que, acorde con lo establecido en los artículos 67 y 69 de la Constitución Política de Colombia, la educación es tanto un derecho de la persona como un servicio público que tiene una función social, en virtud del cual el Estado tiene la responsabilidad de facilitar mecanismos financieros que hagan posible el acceso a la educación superior de todas las personas aptas para ello.

Que, en cumplimiento del deber encomendado en la Constitución, el concepto de educación superior se ha ido desarrollando más ampliamente, encontrándose de esta manera que en los artículos y de la Ley 30 de 1992 "Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior', la educación superior no solamente hace referencia a la adquisición de conocimiento, sino que se encuentra vinculada a su vez con el desarrollo de potencialidades del ser humano, por medio de una formación integral que lo capacite para cumplir funciones tanto profesionales como investigativas y de servicio social como lo requiera el país.

Que, en ese mismo sentido de integralidad, la Ley 115 de 1994 "Por la cual se expide la Ley general de educación" en sus artículos y establece que el Estado debe velar por la orientación educativa y profesional, por medio de la promoción de habilidades en la persona, que le permitan ingresar al sector productivo.

Que, para hacer posible lo anterior, el Estado ha identificado que cuenta con diferentes actores que intervienen en el sistema educativo, como es el caso de las Instituciones de Educación Superior, las cuales, si bien gozan de autonomía universitaria, en virtud de lo establecido en la Constitución Política de Colombia (artículo 69) y en la Ley 30 de 1992 (artículos 28 y 29), también se encuentran obligadas al cumplimiento de ciertos estándares de calidad para la obtención de registro calificado de sus programas.

Que, el elemento de "formación integral" puede identificarse en el artículo 2º de la Ley 1188 de 2008 "Por la cual se regula el registro calificado de programas de educación superior y se dictan otras disposiciones" , donde se hace referencia a la adecuada formación que desarrolle una actitud crítica y la capacidad de buscar alternativas para el desarrollo del país, dentro de las condiciones de calidad que deben cumplir el programa y la institución. También, en el artículo 2.5.3.2.3.1.2. del Decreto 1330 de 2019 "Por el cual se sustituye el Capítulo 2 y se suprime el Capítulo 7 del Título 3 de la Parte 5 del libro 2 del Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación" cuando señala que la institución debe establecer mecanismos para lograr la articulación de los estudiantes con la dinámica social, productiva, creativa y cultural de su contexto.

Que, la formación integral también se puede evidenciar en las Resoluciones 015224 y 021795 de 2020, expedidas por el Ministerio de Educación Nacional, cuando la institución debe demostrar la existencia de información que permita conocer de los estudiantes no solamente el desempeño académico, sino también aspectos socioeconómicos y culturales que puedan incidir en el mejoramiento del bienestar, en el acompañamiento del proceso formativo, en la permanencia y en la graduación oportuna.

Que, si bien las Instituciones de Educación Superior desarrollan un rol preponderante en el desarrollo integral y acompañamiento a sus estudiantes durante su trayectoria educativa, el Icetex de conformidad con el objeto que le fue encomendado en el artículo 2º de la Ley 1002 de 2005, también es un actor importante en el sector educativo al estar encargado de brindar herramientas que hagan posible el acceso a la educación superior, y de propender por la permanencia de quienes ingresen al sistema educativo de educación superior.

Que, el Icetex se convierte en un vehículo de acompañamiento en la toma de decisiones para el acceso a la educación superior, abarcando desde la escogencia de una disciplina, hasta la obtención y utilización de un producto financiero.

Que, por su naturaleza financiera, pero también por la labor social que le ha...

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