Acuerdo número 27 de 2019, por medio del cual se convoca y reglamenta la elección para conformar la terna de candidatos a la Rectoría del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP) para un período institucional de cuatro (4) años - 20 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 830516633

Acuerdo número 27 de 2019, por medio del cual se convoca y reglamenta la elección para conformar la terna de candidatos a la Rectoría del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP) para un período institucional de cuatro (4) años

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Instituto Tolimense de Formación Tecnica Profesional
Número de Boletín51173

El Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (IT-FIP), en ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, las conferidas por los artículos 26 numeral 17, 39, 40 y 41 del Acuerdo 21 de 2018 o "Estatuto General" y,

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP) es un establecimiento público de carácter académico del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Educación Nacional creado mediante Decreto 3462 del 24 de diciembre de 1980 y reorganizado por el Decreto Ley 758 de 1988;

Que, el artículo 62 de la Ley 30 de 1992 dispone: "La dirección de las universidades estatales u oficiales corresponde al Consejo Superior Universitario, al Consejo Académico y al Rector.

Cada universidad adoptará en su estatuto general una estructura que comprenda entre otras la existencia de un Consejo Superior Universitario y un Consejo Académico, acordes con su naturaleza y campos de acción.

Parágrafo. La dirección de las demás instituciones estatales u oficiales de Educación Superior que no tengan el carácter de universidad corresponde al Rector, al Consejo Directivo y al Consejo Académico. La integración y funciones de estos Consejos serán las contempladas en los artículos 64, 65, 68 y 69 de la presente ley";

Que, el Consejo Directivo designó como Rector para un período de tres (3) años al doctor Mario Fernando Díaz Pava, quien se posesionó el 16 de junio de 2017;

Que, el día 15 de junio de 2020 vence el período actual del señor Rector, debiéndose realizar la convocatoria respectiva para conformar la terna y elegir su reemplazo de conformidad con los artículos 39 y 40 del Estatuto General, la cual debe llevarse a cabo dentro de los seis (6) meses anteriores al vencimiento del periodo y por lo menos con tres (3) meses de anticipación al vencimiento del respectivo periodo;

Que el artículo 26 numeral 17 del Acuerdo 21 de 2018 o "Estatuto General" señala que es función del Consejo Directivo "...designar el Rector del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional para un período de cuatro (4) años. La convocatoria y reglamentación para nombramiento de Rector, se realizará mediante Acuerdo del Consejo Directivo";

Que para realizar la convocatoria respectiva a efecto de conformar la terna y elegir el Rector de conformidad con el artículo 41 del Estatuto General, esta debe llevarse a cabo dentro de los seis (6) meses anteriores al vencimiento del período y por lo menos con tres (3) meses de anticipación al vencimiento del mismo;

Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario dar aplicabilidad a los artículos 26 numeral 17, 39, 40 y 41 del Acuerdo 21 de 2018 o "Estatuto General", convocando y reglamentando el proceso electoral para la designación del Rector de la Institución.

Que se debe establecer el procedimiento para la elección y conformación de la terna de candidatos, de la cual el Consejo Directivo designará al Rector, la que se conformará así: Un (1) candidato elegido por los funcionarios administrativos, un (1) candidato elegido por los Docentes Tiempo Completo, Medio Tiempo, Hora Cátedra y Ocasionales, y un (1) candidato elegido por los estudiantes y egresados graduados de la Institución;

En atención a las anteriores consideraciones,

ACUERDA:

Artículo 1º

Convocar y reglamentar mediante el presente Acuerdo las elecciones y procedimientos para la conformación de la terna de candidatos que aspiran al cargo de Rector del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), para un período Institucional de cuatro (4) años contados a partir de la fecha de su posesión, una vez culminado el periodo del actual Rector, en cumplimiento de lo prescrito en los artículos 26 numeral 17, 39, 40 y 41 del Acuerdo 21 de 2018 o "Estatuto General". Para tal efecto, la convocatoria se realizará del 18 de diciembre del año 2019 al 3 de enero del año 2020 en todas y cada una de las sedes, en las cuales, la Institución oferte sus programas académicos (El Espinal, Flandes, Venadillo, Chaparral, Ibagué en el Departamento del Tolima y Tocaima en el Departamento de Cundinamarca). Igualmente, la convocatoria se publicará en la página web de la institución y en sus redes sociales para garantizar que sea de conocimiento público.

Artículo 2º Conformación de la terna.

La terna de aspirantes al cargo de Rector del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), se conformará así:

- Un (1) candidato elegido por los funcionarios administrativos de la planta de personal del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP).

- Un (1) candidato elegido por los Docentes Tiempo Completo, Medio Tiempo, Hora Cátedra y Ocasionales del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP).

- Un (1) candidato elegido por los estudiantes y egresados graduados del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP).

Parágrafo único. Si en cualquiera de las etapas del proceso de elección no se conforma la terna de candidatos a la rectoría, se abrirá nuevamente la convocatoria.

Artículo 3º De los electores.

Están habilitados para participar dentro del proceso en calidad de electores, en su orden:

  1. Los funcionarios administrativos de la planta de personal, de libre nombramiento y remoción, en período de prueba, de carrera, de periodo y provisionales del

    ITFIP;

  2. Los docentes del ITFIP de tiempo completo, medio tiempo, hora cátedra, ocasionales y provisionales;

  3. Los egresados graduados y los estudiantes regulares con matrícula vigente del

    ITFIP.

    Parágrafo 1º. En caso de ostentarse más de una de estas calidades, solo se podrá hacer uso de una de ellas a decisión del elector, de lo contrario se anularán sus votos.

    Parágrafo 2º. La calidad de elector se verificará con los listados que se publicarán en las carteleras y página web de la Institución, los que serán expedidos por el responsable de las funciones de Admisiones, Registro y Control Académico respecto de estudiantes y egresados graduados, y la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano en lo relacionado con el personal...

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