ACUERDO NUMERO 050 DE 2008, (abril 3 )
Emisor | Varios - Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía |
Número de Boletín | 47072 |
El Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía, en uso de las facul tades conferidas por el artículo 12 de la Ley 814 de 2003 y del numeral 3 del artículo 1 o del Decreto 2291 de 2003, ACUERDA: Primero.
Apruébese el siguiente Acuerdo de Gastos de los recursos del presupuesto del 2008 del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico.
Destinar veinte millones ochocientos ochenta mil pesos ($20.880.000) al mantenimiento del Sistema de Información y Registro Cinematográfico, SIREC.
Segundo.
Teniendo en cuenta lo previsto en los términos de la Convocatoria del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico 2008, en el numeral 9 del aparte Interpretación de esta convocatoria: "...
Así mismo el CNACC podrá en cualquier momento, y teniendo en cuenta condicio nes de tiempo, modo, lugar, presupuestarias o las diferentes inquietudes presentadas por los concursantes, establecer modificaciones y aclaraciones a los requisitos de la presente convocatoria.
Las eventualidades anteriores son conocidas y aceptadas por el concursante con la presentación libre y autónoma de su proyecto a esta convocatoria".
Se decide aclarar los requisitos de la Convocatoria del Fondo para el Desarrollo Cine matográfico 2008, lo cual será aplicable para las diferentes modalidades y categorías de los estímulos automáticos y estímulos por concurso, así: ESTIMULOS AUTOMATICOS MODALIDAD A, MODALIDAD B: CATEGORÍAS 1,2 Y 4 Quiénes pueden concursar Productores que sean personas naturales colombianas o empresas (personas jurídicas) cinematográficas colombianas que se encuentren a paz y salvo, por todo concepto, con el Ministerio de Cultura y Proimágenes en Movimiento o que hayan suscrito con las entidades citadas un acuerdo de pago previo a la suscripción del contrato respectivo, si hubiere lugar a este, en caso de resultar beneficiario.
Quiénes y qué proyectos no pueden concursar Los productores que no se encuentren a paz y salvo, por todo concepto, con el Minis terio de Cultura, y Proimágenes en Movimiento, o que no hayan suscrito con las entidades citadas un acuerdo de pago.
ESTIMULOS AUTOMATICOS MODALIDAD B: CATEGORÍA 3 Quiénes pueden concursar Personas naturales colombianas que se encuentren a paz y salvo, por todo concepto, con el Ministerio de Cultura y Proimágenes en Movimiento o que hayan suscrito con las entidades citadas un acuerdo de pago previo a la suscripción del contrato respectivo, si hubiere lugar a este, en caso de resultar beneficiario.
Quiénes y qué...
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