ACUERDO 231 RD 3568
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 3568 5 JULIO 2006 |
Emisor | Concejo de Bogota D.c. |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3568 • pP. 1-4 • 2006 • JUlio • 5
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ARTÍCULO CUARTO.- Cumplimiento. La Secretaría
Distrital de Salud será la encargada de hacer cumplir
el presente acuerdo, así como reglamentar lo relacio-
nado con la dotación de los elementos básicos de en-
fermería, que debe tener el espacio destinado por el
Centro Comercial.
ARTÍCULO QUINTO.- Vigencia y derogatorias. El
presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publi-
cación y deroga las disposiciones que le sean contra-
rias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANTONIO GALÁN SARMIENTO
Presidente
ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO
Secretaria General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Junio 29 de 2006.
(Junio 29 de 2006)
“Por el cual se incentiva el cultivo y consumo de
productos tradicionales andinos como comple-
mento nutricional en el Distrito Capital”.
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.,
En uso de sus atribuciones legales y en especial
Constitución Política de Colombia y el Artículo 12
del Decreto Ley 1421 de 1993, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 811 del 2003, crea las organizaciones de
cadenas en el sector agropecuario, pesquero, forestal,
acuícola, las sociedades agrarias de transformación
SAT, dispone que: las organizaciones de cadenas pro-
ductivas se constituyen en cuerpos consultivos del
gobierno nacional.
Que la Ley 812 del 2003, “Por la cual se aprueba el
Plan Nacional de Desarrollo 2003 – 2006” en su artícu-
lo primero establece el impulso al crecimiento econó-
mico sostenible y la generación de empleo y la conso-
lidación de un país de propietarios, que al mismo tiem-
po vincule al Estado en el gasto social eficiente y en la
protección a los sectores más vulnerables de la socie-
dad.
Que el Plan Nacional de Alimentación y Nutrición 1996
– 2005 aprobado mediante documento CONPES 2847,
es una herramienta intersectorial para abordar la pro-
blemática nutricional y alimentaria de los colombianos,
fundada en los derechos constitucionales y legales de
los mismos que para su ejecución desarrollará las ac-
ciones de seguridad alimentaria, protección al consu-
midor mediante el control de la calidad y la inocuidad
de los alimentos, prevención y control de las deficien-
cias de micro nutrientes, promoción de las salud, ali-
mentación y estilo de vida saludables, evaluación y
seguimiento en aspectos nutricionales y alimentarios
y formación del recurso humano en políticas de nutri-
ción y alimentación.
Que el Decreto 469 por el cual se revisa el Plan de
Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C. en su artículo
4, numeral 9, seguridad alimentaria, buscará la moder-
nización del sector agropecuario articulado a un desa-
rrollo agroindustrial que satisfaga la demanda interna y
producir los excedentes necesarios para incrementar
la capacidad exportadora.
Que el Decreto 482 de 1996 crea el Sistema
Agropecuario Distrital SISADI y dicta otras disposicio-
nes en relación con la prestación del servicio de asis-
tencia técnica agropecuaria a pequeños productores.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1.- Impleméntese en el Distrito el uso de
los productos tradicionales andinos, como complemen-
to nutricional en los programas conducentes a brindar
soluciones nutricionales adicionales a la población más
vulnerable.
PARÁGRAFO.- Los cultivos tradicionales andinos, son
plantas cultivadas en los Andes desde la época preco-
lombina, que son cultivados orgánicamente y que con-
tienen una carga nutricional más alta frente a otros pro-
ductos empleados en la dieta de los bogotanos como
el maíz, el trigo, el arroz y la avena.
ARTÍCULO 2.- El Departamento Técnico Administra-
tivo del Medio Ambiente DAMA o quien haga sus ve-
ces, mediante el Sistema Agropecuario Distrital
SISADI, de acuerdo a la disponibilidad de recursos pres-
tará asistencia técnica para la transformación, moder-
nización, industrialización, comercialización y expor-
tación de productos tradicionales andinos; para hacer
competitivo el cultivo ecológico.
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