La adaptación de los contratos de asociaciones público-privadas de cuarta generación en Colombia
Autor | Miguel Ignacio Castro Muñoz |
Páginas | 321-335 |
321
CAPÍTULO 11
LA ADAPTACIÓN DE LOS CONTRATOS DE
ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS DE CUARTA
GENERACIÓN EN COLOMBIA*
Miguel Ignacio Castro Muñoz
I
Los denominados proyectos de cuarta generación (4G) de concesiones en
Colombia, adjudicados bajo la modalidad de asociaciones público privadas ()
(figura regulada en la Ley 1508 del 2012, recientemente modificada por la Ley
cultades en su ejecución debido a la materialización de riesgos prediales, sociales
y ambientales1.
El pacto de las denominadas hardship clauses puede constituir un mecanismo
eficiente que les permita a las partes de un contrato de resolver, de manera
oportuna y rápida, problemáticas derivadas de posibles desequilibrios contrac-
tuales, evitando de esta manera paralizaciones que afecten la consecución del ob-
jeto contractualmente pactado.
HardsHip clauses
Concepto
Las hardship clauses (cláusulas de excesiva onerosidad) han sido definidas por
la doctrina extranjera como aquellas estipulaciones contractuales que buscan
* Para citar este artículo: http://dx.doi.org/10.15425/2017.304.
1 El Ministerio de Transporte de Colombia, la , la Vicepresidencia de la República y la
Procuraduría General de la Nación expidieron un documento, el 1.º de noviembre del 2018,
denominado “Diagnóstico de la situación de gestión contractual de los proyectos de cuarta
generación de concesiones viales”, en el que mostraron tanto la problemática que este tipo de
proyectos actualmente afrontan —como consecuencia de la materialización de ciertos riesgos
que desbordaron su previsión inicial—, como la necesidad de encontrar soluciones urgentes para
garantizar el adecuado desarrollo de estos.
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