La adaptación del esquema clásico al proceso de formación del contrato de servicios - Las obligaciones de hacer en el derecho privado europeo. Contratos de obra y de servicios - Libros y Revistas - VLEX 940529502

La adaptación del esquema clásico al proceso de formación del contrato de servicios

AutorPaloma de Barrón Arniches
Páginas11-54
La adaptación del esquema clásico al
proceso de formación del
contrato de servicios
SUMARIO:
Introducción. I.- Los mecanismos de formación del contrato de servicios: 1.
      
2. Otros procedimientos de formación del contrato. II.- Las obligaciones
precontractuales de información en el contrato de servicios: 1. Las
obligaciones de advertencia como un tipo de información precontractual
recíproca que deben prestarse las partes. 2. La función de las obligaciones
de advertencia en relación con el objeto del contrato: el servicio y el precio.
3. La responsabilidad precontractual por incumplimiento de los deberes
de información. III.- La perfección del contrato de servicios: 1. El acuerdo
de voluntades, la voluntad de vincularse jurídicamente. 2. Momento de
perfección del contrato de servicios. 3. Lugar de la celebración del contrato
de servicios. IV.- El derecho de desistimiento del cliente en los contratos de
servicios. Particularidades de esta modalidad contractual.
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INTRODUCCIÓN
El inicio de este volumen no puede hacerse sino desde el
análisis del proceso de formación del contrato de servicios. Para
ello, debe partirse del tratamiento general que se ha dado a la
fase precontractual en los tratados internacionales y en las pro-
puestas de armonización jurídicas1. También en España existe
una tendencia legislativa que incide en la regulación de la fase
precontractual2. La doctrina es unánime acerca de la existencia
de un cierto consenso internacional en materia de formación
1 La regulación contenida en la CISG (Convención de las Naciones Unidas sobre
table en http://www.uncitral.org/uncitral/en/uncitral_texts/sale_goods/
1980CISG_status.html) fue después modelo inspirador de los PECL (LANDO,
Ole et al. (eds.), , Part III, The Hage, London
and New York, 2003), del DCFR (BAR, Christian von and CLIVE, Eric (eds.),
Draft Common Frame of Reference, Full Edition, vol. II, Múnich, 2009. Como
precedente inmediato del libro IV.C. del Marco común de referencia sobre
contrato de servicios, véase BARENDRECHT, Maurits et al., 
 (PEL SC), Múnich, 2007), y más recientemente del CESL
(COM(2011) 635/4, 

      -
ciones y Contratos (en adelante PMCC): la primera propuesta cuya principal
aportación consistía en una nueva redacción del Título I y del Título II, parte
general sobre Obligaciones y Contratos, artículos del 1089 al 1314, se publicó
en 2009 en la web del Ministerio. También ese mismo año se publicó una pro-

civil en materia de compraventa. Respecto a una posible regulación del con-
trato de servicios, D. José Antonio Escartín Ipiéns, notario y además Vocal Per-

de la cuestión en el siguiente sitio web: http://www.notariosyregistradores.
com/doctrina/ARTICULOS/2013-contrato-de-servicios.htm#2-1principios
Por otro lado, también se redactó en 2013 una Propuesta de un nuevo Có-
digo Mercantil (En adelante PM). Boletín del Ministerio de Justicia, Ma-
drid, 2013. Consultable en http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/
es/1215197775106/Medios/1288780618794/Detalle.html

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