Resolución número 464 de 2013, por la cual se adopta el Manual Interno de Contratación de la empresa y se derogan las disposiciones que le sean contrarias - 13 de Noviembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 476155678

Resolución número 464 de 2013, por la cual se adopta el Manual Interno de Contratación de la empresa y se derogan las disposiciones que le sean contrarias

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía (Caprovimpo)
Número de Boletín48973

El Gerente General de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas por el Decreto-ley 353 de 1994, modificado por la Ley 973 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones;

Que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía (Caprovimpo), es una Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero del orden nacional, organizada como establecimiento de crédito, de naturaleza especial, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-ley 353 de 1994, modificado por las Leyes 973 de 2005 y 1305 de 2009, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional, vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia y sometida a la regulación que expida el Banco de la República como establecimiento de crédito;

Que de conformidad con el parágrafo 1º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 15 de la Ley 1150 de 2007, la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, no se regirá por las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, y en consecuencia, estará sometida contractualmente a las disposiciones aplicables a los establecimientos de crédito, las compañías de seguros y las demás Entidades financieras de carácter estatal, y se someterá al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal;

Que en virtud de la normatividad citada en precedencia, le corresponde a la Empresa expedir una regulación ágil y expedita que fije las disposiciones y señale las reglas que permitan lograr la debida ejecución del proceso contractual y sus etapas, y que responda a las cambiantes circunstancias que afectan sus...

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