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Agenda tributaria 2016

AutorÁlvaro Jiménez Lozano
Páginas739-756
SUPLEMENTO I
AGENDA TRIBUTARIA 2016
SUPLEMENTO I
AGENDA TRIBUTARIA
2016
Nota:
Decreto 2243 de 2015  
declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente
y se dictan otras disposiciones.
DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS
AÑO GRAVABLE 2015
GRANDES CONTRIBUYENTES
El plazo para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario, se inicia el 8 de marzo de
año 2016 y vence entre el 12 y el 25 de abril del mismo año, atendiendo el último dígito del NIT del declarante
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Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto a pagar y el anticipo en tres (3) cuotas a más
tardar en las siguientes fechas:
PAGO PRIMERA CUOTA
Si el último dígito es Hasta el día
0 9 de febrero de 2016
9 10 de febrero de 2016
8 11 de febrero de 2016
7 12 de febrero de 2016
6 15 de febrero de 2016
5 16 de febrero de 2016
4 17 de febrero de 2016
3 18 de febrero de 2016
2 19 de febrero de 2016
1 22 de febrero de 2016
DECLARACIÓN Y PAGO SEGUNDA CUOTA
Si el último dígito es Hasta el día
0 12 de abril de 2016
9 13 de abril de 2016
8 14 de abril de 2016
7 15 de abril de 2016
6 18 de abril de 2016
5 19 de abril de 2016
4 20 de abril de 2016
3 21 de abril de 2016
2 22 de abril de 2016
1 25 de abril de 2016
ÁLVARO JIMÉNEZ LOZANO
740
PAGO TERCERA CUOTA
Si el último dígito es Hasta el día
0 9 de junio de 2016
9 10 de junio de 2016
8 13 de junio de 2016
7 14 de junio de 2016
6 15 de junio de 2016
5 16 de junio de 2016
4 17 de junio de 2016
3 20 de junio de 2016
2 21 de junio de 2016
1 22 de junio de 2016
Parágrafo. El valor de la primera cuota no podrá ser inferior al 20% del saldo a pagar del año gravable 2014.
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lo pagado en la primera cuota y el saldo se cancelará de la siguiente manera, de acuerdo con la cuota de pago así:
DECLARACIÓN Y PAGO
SEGUNDA CUOTA 50%
PAGO TERCERA CUOTA 50%
No obstante, cuando al momento del pago de la primera cuota ya se haya elaborado la declaración y se tenga por
cierto que por el año gravable 2015 arroja saldo a favor, podrá el contribuyente no efectuar el pago de la primera
cuota aquí señalada, siendo de su entera responsabilidad si posteriormente al momento de la presentación se
genere un saldo a pagar.
PERSONAS JURÍDICAS Y DEMÁS CONTRIBUYENTES
Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario y para cancelar en dos
(2) cuotas iguales el valor a pagar por concepto del impuesto de renta y el anticipo, se inician el 8 de marzo del
año 2016 y vencen en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo para la presentación
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DECLARACIÓN Y PAGO PRIMERA CUOTA
Si el último dígito es Hasta el día
96 al 00 12 de abril de 2016
91 al 95 13 de abril de 2016
86 al 90 14 de abril de 2016
81 al 85 15 de abril de 2016
76 al 80 18 de abril de 2016
71 al 75 19 de abril de 2016
66 al 70 20 de abril de 2016
61 al 65 21 de abril de 2016
56 al 60 22 de abril de 2016
51 al 55 25 de abril de 2016
46 al 50 26 de abril de 2016
41 al 45 27 de abril de 2016

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