De alienígenas chinos e indígenas yanquis en el México constitucional - Derecho de otras gentes entre genocidio y constitucionalidad - Libros y Revistas - VLEX 1027280955

De alienígenas chinos e indígenas yanquis en el México constitucional

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DERECHO DE OTRAS GENTES ENTRE GENOCIDIO Y CONSTITUCIONALIDAD...
II
DE ALIENÍGENAS CHINOS E INDÍGENAS
YAQUIS EN EL MÉXICO CONSTITUCIONAL*
I󰜚m a n alien, I󰜚m a legal alien,
I󰜚m a Yaquiman in Mexico1.
1. Comencemos por historia constitucional lo cal
Uno d e los primeros desafíos de índole netamente constitucional, por intere-
sar a derechos, con el que se topó el primer capítulo del título primero de la Con s-
titución de los Estados Unidos Mexicanos de 19 17, el «De las Garantías Individua-
les», lo constituyó el pr oblema del amparo judicial del contingente de población
china del Estado de Sonora, en la frontera noroccidental de México, frente a políti-
cas, tanto estatales como municipales, de índole severísimamente discriminatoria.
Un constitucionalismo que pareciera realm ente re novador respecto a la cue stión
primaria de los derechos y sus sujetos, aun bajo una concepción bastante restringida
de la ciudadanía precisamente frente a las migraciones, no lo resultaría tanto a la
hora de su puesta en práctica, denotando con ello cuando menos, de entrada, que la
historia constitucional resulta bastante más compleja de lo que suele representarse.
Las Constituciones no solo pueden cumplirse o incumplirse, sino también funcio-
nar conforme a criterios ajenos a los que hoy suelen tomarse por constitucionales
de rigor.
Me dispongo a comprobarlo en relación a la prese ncia de aquellos sujetos,
tanto a lienígenas como indígenas, que el constitucionalismo tendiera a ignorar o a
*Este capítulo ha respondid o a invita ción d e José María Portil lo pa ra par ticipar en un
número monográfico sobre constitucionali smo cuya dirección le encomenda ra el Jahrbuch
für Geschi chte Lateiname rikas (55, 201 8, p p. 1 27-151). Ade más de a Txe ma, agradezc o
asistencia a Evelyn Hu-DeHart, Kif Augustine-Adams, Macrina Restor y Pamela Corella.
1Variación mía de la canción de Sting, Englishman in New York («I󰜚m an alien, I󰜚m a legal
alien, I󰜚m an Englishman in New York󰜧»): Nothing like the Sun, álbum de 1987, A&M, con
mediación de la versión de Tiken Jah Fakoly, Africain à Pari s («Étranger dans votre ville, je
suis af ricai n à Paris󰜧 »): L󰜚Af rica in, ál bum de 200 7, Barcl ay (la ca nción : htt ps://
www.youtube.com/watch?v=aoBlmq ZyVuI). En castellano, una versión igualmente más
libre daría: «Alienígen a en mi propia tierra, soy indígena en Méx ico». La hay en otro
sentido de Che Sudaka, Sin Papeles («Ando sin papeles, inmigrante ilegal en Europe. Sue-
nan las sirenas, patearon la puerta󰜧 »). álbum Trippie Town, K Industria Cultural, 2005 (la
canción: w ww.youtube.co m/watch?v=M Z6Wu70EOLw ).
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BARTOLOMÉ CLAVERO
postergar y que suelen todavía mantenerse hoy a los márgenes o en la sombra de la
historiografía de objeto constitucional. En relación a indígenas seleccionaré el caso
del pueblo yore me, dicho también yaqui, p or las mismas latitudes son orenses.
Todo lo cual espero que me brinde base para reflexionar sobre la conveniencia de
una dilatación de perspectivas en la historiografía del constitucion alismo latino-
americano comenzand o por la puesta a la vista de sujetos que no suelen hacer acto
de comparecencia y que tal vez debieran llegar a ser hasta protagonistas, así como
para proceder finalmente a alguna sugerencia sobre el ma nido y vejado asunto de
la función digna y práctica de la indagación histórica en materias d e interés consti-
tucional, esto es, en materias fundamentales para el derecho2.
1.1. China en Sonora
Hacia finales de 1919 un abogado envía desde Nogales, Sonora, un telegrama
justamente alarmista a la Cámara de los Diputados federal, sita en la Ciudad de
México. Expone que un ayuntamiento sonorense, Cananea, se propone «cerrar tien-
das chinas, confiscar mercancías y expulsar todos chinos», suplicando el envío urgente
de «fuerzas federales», militares se entiende, «para dar garantías chinos, evitar aten-
tado y probable matanza». A dichas alturas, el asunto ya había llegado por vía de
recurso de amparo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual, a principios
de 1920, denegaba una protección íntegra a los chinos recurrentes o solo se la conce-
día parcialmente3. Entendió que tamaña persecución no atentaba frontalmente contra
la Constitución de los Estad os Unidos Mexicanos, promulgada recientemente, en
19174, el mismo año que la del Estado de Sonora. La justicia federal de primera
instancia se había mostrado más favorable al amparo de los chinos perseguidos. La
Suprema Corte lo mantuvo respecto a la confiscación de negocios, por expropiatoria,
pero no en relación a multas, despidos y encarcelamientos frente a la resistencia a
una ley que obligaba a deshacer las empresas familiares a fin de dar entrada al
empleo de trabajadores mexicanos. Mejor o peor que funcionase, era más constitucio-
nal el control jurisdiccional que la intervención militar5.
2Sin abordar la problemática estrictamente constitucional, María SIERRA (ed.), Enemies Within:
Cultural Hierarchies and Liberal Political Models in the Hispanic World, Newcastle, Cambridge
Scholars, 2015. Respecto a la cuestión de género que aquí no va a ocuparnos salvo muy
colateralmente, Brice CHAMOULEAU (ed.),De colonialidad. Perspectivas sobre sujetos y género en la
historia contemporánea española, Madrid, Postmetrópolis, 2017. Para registro de los dos casos
sonorenses que vamos a contemplar, el chino y el yoreme o yaqui, Aaron Grageda (ed.), Seis
expulsiones y un adiós. Despojos y exclusiones en Sonora, México, Universidad de Sonora󰜔Plaza
y Valdés, 2003. Una colaboradora de este último volumen es especialista por partida doble:
EvelynHU-DEHART,Sonora: Indians and Immigrants on a Developing Frontier, en ThomasBENJAMIN
y Will iam MCNELLIE (eds.), Other Mexicos: Essay s on Regional M exican History, 1876-1911 ,
Albuquerque, University of New Mexi co Press, 1984, pp. 177-211, concretándose a «The
Yaqui Problem» (pp. 184-192) y « The Chinese i n Sonora» (pp. 192-203), nuestros casos.
3Ezequiel GUERRERO y Enrique VALDERRAMA (eds.), La Interpretación Constitucional de la Suprema
Corte de Justicia, 191 7-1984, vol. I, Méxic o, Un iversidad Naci onal, 1984, p. 93, que es
registro inexpresiv o y con error en el nombre del principal agraviado, Quong Pat por
Quong Fat.
4http ://w ww.di putad os.go b.mx /Leye sBibl io/r ef/cp eum/C PEUM_ orig_ 05fe b191 7_
ima.pdf: Diario Oficial. Órg ano del Gobierno Provisional de la República Mexicana , 5 de febrero
de 1 917, Constit ución Política de los Estado s Unidos Mexicanos.
5Kif AUGUSTINE-ADAMS,Por un solo voto: Quong Fat y el amparo de chinos ante la Suprema Corte
de Justicia de la Nación, de 1917 a 1932. Los casos d e la Ley de trabajo y previsión soci al del Estado

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