Esclavitud y codificación en Brasil, 1888-2017
| Páginas | 71-122 |
71
DERECHO DE OTRAS GENTES ENTRE GENOCIDIO Y CONSTITUCIONALIDAD...
III
ESCLAVITUD Y CODIFICACIÓN EN BRASIL,
1888-2017*
Ficou comprovado que desde o início do século XX [vinte] existe no Brasil
uma prá tica que favorece a existência de trabalho escravo, a qua l foi intensificada
a partir de meados do século.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 201 1.
ABOLIÇÃO. Ato de abolir alguma coisa. No caso da escravidão, o ato de
extinguir esse sistema de trabalho. Ele podia acontecer por um movimento
revolucionário, como no Haiti, ou por meio de uma norma jurídica, como no
Brasil. A abolição no Brasil efetivou-se em 13 de maio de 1888.
Dicionário da Escravidão Negra no Brasil, 2004.
1. Introducción: ¿codificación versus esclavitud o viceversa?
En Brasil, como nos acaba de recordar la Comisión Interamericana de Dere-
chos Humanos, el siglo XX es un siglo en el que h ay esclavitud. Es también un siglo
en el que hay codificación. Lo es de la codificación civil en Brasil, pues no se logró,
aunque se intentó, durante el siglo XIX. En éste se produjo una abolición de la
esclavitud cuyo alca nce resulta entonces una incógnita. ¿Qué relación ha y entre una
cosa y la otra, entre la esclavización de personas y la codificación d el derecho? Para
el propio Código Civil brasileño relación no hay pues, para el mismo, la esclavitud
no existe. Pero ahí está1.
*El impulso de este capítulo se lo imprimió la invitación que me cursara Laura Beck Varela
para participar en el homenaje a Judith Martins-Co sta: Direito, Cultura, Metodo. Leituras da
obra de Jodith Martins- Costa, Rio de Janeiro, GZ Editora , 20 19, d onde se co ntiene una
primera versión reducida (pp. 89-114). Asistencia debo y agradezco, además de a Laura,
a Mariana Dias Paes, Carlos Garriga, Romina Zamora, Carlos Ramos y Alejandro Agüero.
Publicado en esta versión extensa en Rev ista de Historia del Derec ho, 55, 2018, pp. 27-89.
Retoco y actual izo algunas notas.
1http://www. oas.org/es/cidh/d ecisiones/corte/20 15/12066Fondo Pt.pdf, Informe de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, par. 15 4 para la primera cita ca pitular,
con sentencia condenatoria de la Corte en 2016 (http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/
articulos/seriec_318_esp.pdf). Para la segunda cita, Clóvis MOURA,Dicionário da Escravidão
Negra no B rasil, São Pa ulo, Universidade de São Pa ulo, 2 004, p. 15, primera voz la de
72
BARTOLOMÉ CLAVERO
La esclavitud implica derecho, el del dominio propio y el del contexto que la
admite o, de no ser así, la posibilita. De existir, ¿por qué el Código Civil la ig nora?
No vamos a decir que hubiera de regularla solo porque existiera. Al menos por la
región que ha veni do a ll amarse reductivame nte América Latina, una Améri ca
como mínimo Indo-Euro-Afro, la codificación no viene a asumir y regular la escla-
vitud como práctica establecida, aun teniéndose un precedente vecino como el de
Luisiana en 1825 y no faltando algún caso cual el del Perú de 1852 en vísperas de
una abolición tan precaria o poco defi nitiva c omo la brasileña que habremos de
ver2. Tampoco cabe decir que, por las Américas en el siglo XIX, el movimient o
codificador partiese de una posición de libertad incompatible con la esclavitud, a un
representando un caso temprano la postura adversa a la misma3. Mas la codifica-
ción civil de Brasil es un acontecimiento del siglo XX, a cuyas alturas, si existe la
esclavitud, como nos asegura la Comisión Interamericana, ¿no correspondería que
le hubiera salido al paso el pr opio Código Civil , un código que se ocupa de l
derecho de personas, de propiedad y de contratos?
Imaginemos. Un código civil del siglo XX en sociedades donde existe esclavi-
tud podría contener perfectamente pronunciamientos como los siguientes: «L a pro-
piedad recae sobre cosas materiales o inmateriales. Es ilícita cualquier forma de
propiedad que, directa o indirectamente, implicare dominio sobre las personas»;
«El arrendamiento de servicios o el contrato de trabajo no admiten el estableci-
miento de cláusulas o el desarrollo de prácticas que sean lesivas para la libertad o
la dignidad de las personas»; «Dada la función social de la propiedad y de los
contratos, no se admitirán en caso alguno esclavitud, a unque sea voluntaria o tem-
poral, ni prácticas análogas a la misma». La función social de la propiedad y de los
contratos aparece en la codificación civil brasileña, pero sin especificarse esta espe-
cie pr imaria de consecuencias.
Sigamos ima ginando. Pongamos que, durante el siglo XX, tra s haber adopta-
do un tratado antiesclavista en 1926, el derecho internacional se hubiera desenten-
dido de la notoria subsistencia del esclavismo. Hoy, en el XXI, cuando ni siquiera
todavía está por completo err adicado, nos sorprender ía. El desentendimie nto, de
haberse dado, nos chocaría sobre todo a partir del planteamiento de u n derecho
internacional de derechos humanos desde mediados del sig lo XX. Esta es la sorpre-
sa que quiero llevar al ánimo de quien haya comenz ado a leerme ante el silencio,
de sign o inequívocamente desentendido, de la codificación civil, la codificación de
abolición, antes de entrar en las de esclavitud, en vez de postrera, tampoco la última como
vamos precisamente a ver, por requerimiento del orden alfabético poco menos que provi-
denci al p ara ofrecer la falsa ima gen de q ue l a e sclavitu d sie mpre estuvo aboca da a
desapare cer.
2https:/ /archi ve.org /deta ils/ci vilcod eofsta te00lo ui/pa ge/n4 : Civil Cod e of the Stat e of
Louisian a, 1825, lib I, tit. VI, cap. 3: « Of Sla ves»; http:// www.leyes.c ongreso.gob .pe/
Documentos/LeyesXIX/1851098.pdf: Código Civil del Perú, 18 52, lib. I, sec. II, tít. 5: «De
los ingenuos, siervos y libertos», aun considerando ya en vías de exti nción a la esclavitud
formal. O tras aseveraciones de esta introducción antic ipan datos o argumentos que ven-
drán luego a asentarse y desenvolverse. Como utilizo bast ante material online, para las
revistas y los trabajos de investigación, no en cambio para las normas, o pto por registrar
tan solo los enlaces a los repositorios, no las direcciones completas.
3htt p:/ /g all ic a.b nf. fr /ar k:/ 12 148 /b pt6 k5 860 16 21/ f8 .im ag e.r =co de +ha %C3 %A Fti .
langFR: Code C ivil dHaïti (Haití y República Dominicana actuales), 1826, por un silencio
que en su caso lleva implícito, para el contex to americano, antiesclavismo.
73
DERECHO DE OTRAS GENTES ENTRE GENOCIDIO Y CONSTITUCIONALIDAD...
derecho de personas, propiedad y contratos, respecto a la esclavitud que subsistía
por las latitudes llamadas latinoamericana s. El caso de Brasil no es único, pero será
nuestra base de operaciones.
Cabe por supuesto decir que la esclavitud, si existe, no es asunto del Código
Civil, sino del Código Pe nal. Y la codificación penal brasileña tipifica, en efecto,
como delito la esclavitud. ¿Explica esto que en sede de derecho privado, inclusive el
mercantil , s e l e i gnore? Ni la historiogra fía jurídica ni otras especi alidades del
estudio del derecho se lo plantean. Ante un ordenamiento que tiende a la escisión
entre lo constitucional, lo administrativo, lo procesal, lo civil, lo mercantil, lo labo-
ral, lo penal y hasta un etcéte ra, la historiografí a y la doc trina suelen también
trocearse y ensimismarse conforme a dichas mismas coordenadas, con lo cual se les
escapa algo tan elemental como que el fenómeno de la esclavitud afect a y debe
concernir a todos los sectores normativos comenzándose ante todo por el del dere-
cho constitucional4.
Es la Constitución la que entonces debiera formular la incompatibilidad radi-
cal entre principi o de l ibertad y existencia de esclavitu d cu alquiera que sea su
forma. Sin embargo, tal no es el ca so de la Constitución de Br asil. No es entonces de
extrañar que el asunto tienda a recluirse en el ámbito del derecho y de la política de
carácter penal. Y la historiografía jurídica adopta el mismo patrón. Ahí tene mos una
historia del constitucionalismo, otra del derecho civil, otra del derecho mercantil,
otra del derecho penal, otra del derech o de l tra bajo, etcétera, cuando lo que se
necesita es, igual que un ordenamiento integrado, una historiografía integral, una
historiog rafía que para ser genera l n o s e co nstruya por la mera agreg ación de
piezas del ordenamiento.
La República Federativa del Brasil tien e un Código Civil del siglo XXI que
sigue guardando silencio sobre la esclavitud. ¿Es que ya no existe o que, a estas
alturas, se le ha r educido a un vestigio marginal? Si el caso no es exactamente éste,
¿no puede encer rarse en el silen cio del Código la complicidad del negacionismo? El
recordatorio de la Comisión Interamericana citado se ha emitido en 2011 por refe-
rencia además a un caso de esclavitud colectiva al que no se le considera como algo
aislado. He aquí entonces, estando así la s cosas, un asunto que conviene abordar
desde la historia y desde el derecho, desde una historia y desde un derecho sin
compartimentos estancos5.
Si l a historia de la codificació n civil, existiendo esclavitud, tiende a ignorar-
la porque el Código Civil lo hace, o si la historia constitucional se comporta de
igual m odo porque la Constitució n lo haga , algo f alla en la historiogra fía jurídica.
4Subrayando el ca so haitiano como precursor v alioso para el replanteamiento actual del
constitucionalismo en línea de descolonización aún pendiente, Evandro C.P.DUARTE, Gabriela
Berretto DE SÁ y Ma rcos V.L. QUEIROZ,Os loca is e as ausências da diáspora africana no Novo
Constitucionalismo Latino-americano , en Anais do II Simpósio Internacional «Pensar e Repensar
América Latina» (http://sites.usp.br/prolam), 2016, enlaces a trabajos por orden alfabético
de autores.
5Para un buen dossier reciente, Rebecca J. SCOTT y Jean HÉBRARD (eds.), Brésil(s). Sciences
Humaines et Sociales (https://bresils.revues.org), 11, 2017, Dossier: Esclavage contemporaine .
Para estimacion es glob ales, http://www. alliance87 .org/2017ge/ #!section=0 . Para una
introducción de intervenciones breves ofreciendo un buen panorama, Lilia MortizSCHWARCZ
y Flávio dos Santos GOMES (eds.), Dicionário de Escravidão e Liberdade. 50 textos críticos, São
Paulo; Companhia das Letras, 2018.
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.