Análisis crítico de la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para la población desplazada y refugiada, en el caso colombiano - Núm. 139, Julio 2023 - Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas - Libros y Revistas - VLEX 942790328

Análisis crítico de la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para la población desplazada y refugiada, en el caso colombiano

AutorJohn Arturo Cardenas Mesa
CargoMagíster en Literatura de la Universidad de Antioquia, Especialista en Derecho Contencioso Administrativo, Universidad Externado de Colombia - Colombia, Abogado de la Universidad Pontificia Bolivariana
Páginas1-34
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de la Jurisprudencia
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Magíster en Literatura de la Universidad de Antioquia
Especialista en Derecho Contencioso Administrativo
Universidad Externado de Colombia - Colombia
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johnarturo70@hotmail.com
Orcid: https://orcid.org/0000-0001-8234-8665
R
El objetivo general de este artículo es ofrecer un análisis de las medidas de reparación ordenadas
por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para la población desplazada y refugiada
por la violencia, especícamente en los casos colombianos litigados hasta la fecha (1997-2022).
Para ello se hace una somera conceptualización sobre el desplazamiento forzado y el estatus
jurídico de los refugiados; posteriormente se hace alusión a los casos colombianos en los
REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
ISSN: 2390-0016 (En línea) / Vol. 53 / No. 139
julio - diciembre 2023/ Medellín, Colombia
2John Arturo Cárdenas Mesa
Cómo citar este artículo:
Cárdenas Mesa, J. A. (2023). Análisis crítico de la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos para la población desplazada y refugiada, en el caso colombiano. Revista de
la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 53(139), pp. 1-34. doi: https://doi.org/10.18566/rfdcp.
v53n139.a05
Recibido: 13 de diciembre de 2021
Aprobado: 24 de febrero de 2023
que se ha declarado la vulneración del artículo 22 de la Convención Americana de Derechos
Humanos para, en primer lugar, establecer las compensaciones económicas que se han jado
para estas víctimas por concepto de daño inmaterial y, en segundo lugar, estudiar las medidas de
restitución en su favor. Esto permitió llegar a tres conclusiones: 1) no existe un criterio objetivo
y vericable de compensación económica del daño inmaterial en materia de indemnización
para la población desplazada; 2) está en ciernes un criterio de compensación económica para las
víctimas refugiadas; 3) las medidas de reparación no pecuniarias en el sistema interamericano
de derechos humanos para la población desplazada y refugiada cumplen una función simbólica,
pero carecen de ecacia material.
P 
Migración interna, Refugiados, Indemnización, Restablecimiento.
A
is article seeks to oer an analysis of the reparation measures ordered by the Inter-American
Court of Human Rights for the population displaced and refugee by violence, specically in the
Colombian cases litigated to date (1997-2022). To this end, a brief conceptualization of forced
displacement and the legal status of refugees is made. Subsequently, reference is made to the
Colombian cases in which the violation of Article 22 of the American Convention on Human
Rights has been declared to, rstly, establish the economic compensation that has been set for
these victims for non-pecuniary damage and, secondly, to study the restitution measures in
their favor. is allowed us to reach three conclusions: 1) ere is no objective and veriable
criterion for nancial compensation for non-pecuniary damage in terms of compensation for
the displaced population; 2) A nancial compensation criterion for refugee victims is in the
making; 3) Non-pecuniary reparation measures in the inter-American human rights system
for the displaced and refugee population fulll a symbolic function, but lack material ecacy.
K
Internal migration, Refugees, Compensation, Restoration.
REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
ISSN: 2390-0016 (En línea) / Vol. 53 / No. 139
julio - diciembre 2023/ Medellín, Colombia
3John Arturo Cárdenas Mesa
I
La protección a las víctimas de desplazamiento forzado es un tema de gran
importancia en la actualidad a nivel mundial, dado que en los últimos años
ha aumentado de manera alarmante no solo el fenómeno del desplazamiento
interno sino el de los refugiados. En Colombia, las leyes de Justicia y Paz y
Justicia Especial para la Paz tienen como fin, entre otros, la reparación de las
víctimas y la concomitante inserción de los actores armados en la vida civil. En
este contexto, la efectiva restitución de derechos de la población desplazada
y refugiada cobra especial importancia porque toca con el proyecto de vida de
este grupo de víctimas de la violencia.
El objetivo general de este artículo es demostrar que las diversas decisiones
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte), en
los casos colombianos, se tornan insuficientes e incluso carecen de eficacia
frente al fenómeno del desplazamiento forzado y refugio. También, que no hay
criterios objetivos de compensación económica para este tipo de vulneración
dado que las sumas que la Corte ha ordenado como indemnización para las
víctimas, hasta la fecha, no guardan coherencia interna ni externa, esto es, en
muchos casos no se avienen con la gravedad de los hechos y, en otros, no son
coherentes si se miran en relación con otros casos colombianos.
El objeto de estudio es relevante porque se visualiza la necesidad de
establecer criterios objetivos de reparación en vez de acudir al siempre
aludido criterio de equidad, que debe ser supletorio; además porque evidencia
un desequilibrio al momento de fijar las medidas de reparación.
La metodología del trabajo parte de la compilación de doce sentencias de la
Corte, en once de las cuales se condenó al Estado colombiano por la vulneración
del artículo 22 de la Convención Americana de Derechos Humanos (en adelante
La Convención) y un caso adicional en el que la Corte hizo un pronunciamiento
expreso sobre el derecho de retorno de la población desplazada, sin emitir una
condena de fondo debido a consideraciones procesales.
A partir de esta información inicial, se conformaron dos grupos de análisis,
el primero referido a la población desplazada y, el segundo, a las víctimas
de exilio. En ellos se ha tabulado el monto otorgado por concepto de daño
inmaterial y se muestran las medidas de reparación no pecuniarias otorgadas
para estos dos tipos de víctimas para, posteriormente, superponer ambas

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