Análisis del trabajo de la dirección de acuerdos de la verdad en el marco del derecho a la verdad de las víctimas del conflicto armado - Núm. 25, Enero 2020 - Revista Diálogos de Derecho y Política - Libros y Revistas - VLEX 850671768

Análisis del trabajo de la dirección de acuerdos de la verdad en el marco del derecho a la verdad de las víctimas del conflicto armado

AutorAndrea Catalina Buitrago Buitrago
CargoHistoriadora y Magíster en Estudios Urbano Regionales de la Universidad Nacional de Colombia, sede Medellín
Páginas118-137
Diálogos de Derecho y Política \\ Número 25 \\ Año 10 \\ ISSN 2145-2784 \\ enero abril de 2020. Pág. 118
www.udea.edu.co/revistadialogos - revistadialogos@udea.edu.co
Análisis del trabajo de la dirección de acuerdos de la
verdad en el marco del derecho a la verdad de las
víctimas del conflicto armado
Andrea Catalina Buitrago Buitrago
1
Resumen
El propósito de este artículo es analizar el ejercicio llevado a cabo por la Dirección de Acuerdos de
la Verdad del Centro Nacional de Memoria Histórica entre los años 2013-2018, en lo que tiene que
ver con su metodología, aprendizajes y la importancia de los relatos de las personas desmovilizadas
de las Autodefensas Unidas de Colombia como aporte a la memoria histórica, el esclarecimiento del
fenómeno paramilitar y el derecho a la verdad que tienen las víctimas del conflicto armado
colombiano.
Palabras clave: desmovilizado; Dirección de Acuerdos; memoria histórica; verdad; conflicto
armado; víctimas.
1
Historiadora y Magíster en Estudios Urbano Regionales de la Universidad Nacional de Colombia, sede
Medellín. Correo electrónico: andreacbuitrago@gmail.com.
Este artículo se presentó para optar al título de especialista en Derechos Humanos y Derecho Internacional
Humanitario de la Universidad de Antioquia
Diálogos de Derecho y Política \\ Número 25 \\ Año 10 \\ ISSN 2145-2784 \\ enero abril de 2020. Pág. 119
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Análisis del trabajo de la dirección de a cuerd os de la verdad en el
marco del derecho a la verdad de las víctimas del conflicto armado
Introducción
La implementación de los Acuerdos de Contribución a la Verdad Histórica y la Reparación
se materializó una vez los desmovilizados lo firmaron y se presentaron ante la Dirección de
Acuerdos de a Verdad en adelante DAV, suscrita como una de las áreas del Centro
Nacional de Memoria Histórica en adelante CNMH, entidad estatal encargada de recibir
sus aportes, clasificar y sistematizar los relatos de vida de los desmovilizados, convirtiéndose
sus testimonios en fuente de memoria histórica para la elaboración de informes sobre el
esclarecimiento del fenómeno paramilitar y, a su vez, el derecho de las víctimas de conocer
la verdad.
Normativamente, Colombia cuenta con experiencia en formulación e implementación de
mecanismos de justicia transicional en materia penal y en instrumentos para el
esclarecimiento de la verdad, construcción de memoria y la reparación a las víctimas. Entre
los años 2003-2005 el gobierno colombiano llevó a cabo la negociación política con las
Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Los miembros de las estructuras paramilitares
que se sometieron a este proceso fueron juzgados bajo la Ley 975 de 2005 “Ley de Justicia
y Paz” obteniendo como beneficio la imposición de una pena de máximo ocho años de
prisión, entre otras.
Sin embargo, muchos desmovilizados quedaron en lo que se ha denominado “un limbo
jurídico” por su condición de “combatientes rasos” y dado que no fueron juzgados por
crímenes graves. Tras varios intentos de solución a esta situación a través del Decreto 4436
de 2006 y Ley 1312 de 2009, la Corte Constitucional en la Sentencia C-936 de 2010 declaró
inexequibles esas normas, pues argumentó que “no garantizaban el derecho de las víctimas a
la verdad, la justicia y la reparación, entre otras razones”. Esto, adujo a la expedición de la
Ley 1424 de 2010 o “Ley de Acuerdos de Contribución a la Verdad Histórica y la
Reparación”, cuyo objetivo principal fue resolver el limbo jurídico de los desmovilizados no
amparados por la Ley 975 de 2005.
Fueron beneficiarios de la Ley 1424 de 2010 los desmovilizados que incurrieron en delitos
como concierto para delinquir simple o agravado, porte ilegal de armas o munición,

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