Resolución número 056 de 2007, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general que pretende adoptar la para aprobar la fórmula tarifaria general que permite a los Comercializadores Minoristas de electricidad establecer los costos de prestación del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional. - 2 de Agosto de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50464170

Resolución número 056 de 2007, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general que pretende adoptar la para aprobar la fórmula tarifaria general que permite a los Comercializadores Minoristas de electricidad establecer los costos de prestación del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín46708

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 2696 de 2004, CONSIDERANDO:

Que mediante Resolucion CREG-047 de 2002 se sometio a consideracion de los agentes, usuarios y terceros interesados, las bases sobre las cuales se establecera la formula tarifaria del costo de prestacion de servicio de electricidad a aplicar a usuarios regulados del SIN para el siguiente periodo tarifario, y que con dicho acto, como se establecio en su articulo 3° se dio inicio al tramite tendiente a establecer la respectiva formula tarifaria para el siguiente periodo;

Que mediante la expedicion de la Resolucion CREG-019 de 2005, la Comision de Regulacion de Energia y Gas, sometio a consulta un proyecto de resolucion para la adopcion de la formula tarifaria general del costo de prestacion de servicio de electricidad a aplicar a usuarios regulados del SIN para el siguiente periodo tarifario, siguiendo el proceso establecido en el Decreto 2696 de 2004;

Que la CREG recibio comentarios a la Resolucion CREG 019 de 2005 por parte de empresas del sector, gremios y usuarios, los cuales junto con analisis realizados internamente y las nuevas disposiciones normativas hicieron recomendable ajustar dicha propuesta regulatoria;

Que no obstante haberse sometido a consulta el texto de la propuesta regulatoria mencionada, como lo establece el Decreto numero 2696 del 24 de agosto de 2004, la Comision considero importante divulgar la propuesta regulatoria revisada y contar nuevamente con la participacion de los usuarios, empresas y demas interesados;

Que la Comision de Regulacion de Energia y Gas, en su Sesion 334 del 21 de junio de 2007, aprobo hacer publico el proyecto de resolucion, "por la cual se aprueba la formula tarifaria general que permite a los Comercializadores Minoristas de electricidad establecer los costos de prestacion del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional", RESUELVE:

Articulo 1° Hagase publico el proyecto de resolucion, "por la cual se aprueba la formula tarifaria general que permite a los Comercializadores Minoristas de electricidad establecer los costos de prestacion del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional".
Articulo 2° Se invita a los Agentes, a los usuarios, a los gremios y a la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los treinta (30) dias calendario siguiente a la publicacion de la presente resolucion en la pagina web de la Comision de Regulacion de Energia y Gas.
Articulo 3° Informese en la pagina web la identificacion de la dependencia administrativa y de las personas a quienes se podra solicitar informacion sobre el proyecto y hacer llegar las observaciones, reparos o sugerencias.
Articulo 4° La presente resolucion no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de tramite.

Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 21 de junio de 2007.

El Presidente, Manuel Maiguashca Olano, Viceministro de Minas y Energia, delegado del Ministro de Minas y Energia.

El Director Ejecutivo, Camilo Quintero Montaño.

PROYECTO DE RESOLUCION por la cual se aprueba la formula tarifaria general que permite a los Comercializadores Minoristas de electricidad establecer los costos de prestacion del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional.

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, CONSIDERANDO:

Que el articulo 73.11 de la Ley 142 de 1994 atribuyo a la Comision de Regulacion de Energia y Gas la facultad de establecer las formulas para la fijacion de las tarifas del servicio publico domiciliario de energia electrica;

Que la Ley 143 de 1994, en particular el articulo 23, asigno a la Comision la funcion de aprobar las formulas tarifarias y las metodologias para el calculo de las tarifas aplicables a los usuarios regulados;

Que segun lo dispuesto en los articulos 87 de la Ley 142 de 1994 y 44 de la Ley 143 del mismo año, el regimen tarifario estara orientado por los criterios de eficiencia economica, suficiencia financiera, neutralidad, solidaridad y redistribucion del ingreso, simplicidad y transparencia;

Que en virtud del principio de eficiencia economica, definido en el articulo 87 de la Ley 142 de 1994, el regimen de tarifas procurara que estas se aproximen a lo que serian los precios de un mercado competitivo, que las formulas tarifarias no pueden trasladar a los usuarios los costos de una gestion ineficiente, ni permitir que las empresas se apropien de las utilidades provenientes de practicas restrictivas de la competencia;

Que segun lo dispone el articulo 90.2 de la Ley 142 de 1994, podra incluirse dentro de las formulas tarifarias un cargo fijo que refleje los costos economicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio para el usuario, independientemente del nivel de uso;

Que el articulo 91 de la Ley 142 de 1994 dispuso que para establecer las formulas tarifarias se calculara por separado, cuando sea posible, una formula para cada una de las diversas etapas del servicio;

Que de conformidad con lo establecido en el articulo 35 de la Ley 142 de 1994, las Comisiones de Regulacion podran exigir, por via general, que las empresas adquieran el bien o servicio que distribuyan, a traves de licitaciones publicas o cualquier otro procedimiento que estimule la concurrencia de oferentes;

Que el articulo 125 de la Ley 142 de 1994 establece los criterios para la actualizacion de las tarifas;

Que el articulo 126 de la Ley 142 de 1994, establecio que vencido el periodo de vigencia de las formulas tarifarias, estas continuaran rigiendo mientras la Comision no fije las nuevas;

Que segun el articulo 42 de la Ley 143 de 1994 "las ventas de electricidad a usuarios finales regulados seran retribuidas, sin excepcion, por medio de tarifas sujetas a regulacion";

Que mediante la Resolucion CREG-031 de 1997 se aprobaron las formulas generales que permitieron a los comercializadores de electricidad establecer los costos de prestacion del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional;

Que la Resolucion CREG-244 de 1997 aclaro la aplicacion de la Resolucion CREG-031 de 1997, para comercializadores nuevos en mercados existentes, o comercializadores existentes que deseen atender mercados existentes diferentes a los que actualmente atienden;

Que la Resolucion CREG-005 de 2000 preciso las fuentes de informacion para calcular el Costo de Prestacion del Servicio (CU) definido en la Resolucion CREG-031 de 1997;

Que mediante la Resolucion CREG-112 de 2001 se identificaron los Indices de Precios contenidos en las Formulas Tarifarias para los servicios publicos domiciliarios de energia electrica y gas combustible, para efectos de lo dispuesto en el articulo 125 de la Ley 142 de 1994;

Que la Resolucion CREG-082 de 2002 aprobo los principios generales y la metodologia para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmision Regional y Distribucion Local;

Que la Resolucion CREG 103 de 2000 establecio la metodologia para el calculo y aplicacion de los Cargos por Uso del Sistema de Transmision Nacional (STN);

Que mediante Resolucion CREG-047 de 2002 se sometio a consideracion de los agentes, usuarios y terceros interesados, las bases sobre las cuales se establecera la formula tarifaria para el siguiente periodo tarifario, que permita a las empresas comercializadoras de energia electrica calcular los costos unitarios de prestacion del servicio y las tarifas aplicables a los usuarios finales regulados en el SIN;

1 Que mediante la expedicion de la Resolucion CREG-019 de 2005, la Comision de Regulacion de Energia y Gas, sometio a consulta un proyecto de resolucion para la adopcion de la formula tarifaria general que permita a las empresas comercializadoras de energia electrica del Sistema Interconectado Nacional (SIN), calcular los costos de prestacion del servicio y determinar las tarifas aplicables a los usuarios finales regulados;

Que de conformidad con lo establecido en Decreto 2696 de 2004, la Comision realizo audiencias publicas en las ciudades de Bogota, Cali, Medellin, Bucaramanga, Barranquilla y Cartagena, con el proposito de garantizar la divulgacion de la resolucion mencionada y la participacion en su analisis;

Que mediante la Resolucion 001 de 2007, la CREG dio cumplimiento al articulo 3° de la Ley 1117 de 2006, en relacion con la aplicacion de subsidios para estratos 1 y 2, para los Servicios de Energia Electrica y Gas Combustible por Red de Tuberia;

Que en el proceso de analisis de las observaciones, la Comision publico en primera instancia el Documento CREG 065 de 2006, el cual contiene los estudios internos realizados en relacion con el componente de Generacion, formulando un mecanismo para la compra de energia mediante contratos;

Que mediante el Decreto 387 de 2007, el Gobierno Nacional establecio que las formulas...

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