Una aproximación al derecho urbanístico, el sistema jurídico que contribuye a la construcción de mejores ciudades - Cuestiones de derecho administrativo especial - Nuevos rumbos del derecho administrativo - Libros y Revistas - VLEX 916454549

Una aproximación al derecho urbanístico, el sistema jurídico que contribuye a la construcción de mejores ciudades

AutorGloria Eugenia Henao González
Cargo del AutorAbogada de la Universidad del Rosario
Páginas287-335
287
Una aproximación al derecho urbanístico,
el sistema jurídico que contribuye a
laconstrucción de mejores ciudades
Gloria Eugenia Henao González*
Una ciudad viva siempre está en construcción.
J G1
Introducción
Este capítulo nos aproxima a entender cómo desde el derecho se aporta a la
construcción de ciudades más habitables, vivibles e inclusivas, y cómo para
generar este régimen jurídico debemos comprender que las ciudades son
lugares donde debemos convivir todas la personas con los mismos deberes y
derechos, y que el urbanismo si no es social no es urbanismo.
Del derecho urbanístico se han construido muchas deniciones que ha-
brán de aportar a nuestro análisis, especialmente a su evolución, naturaleza,
contenido y nalidades. Dentro de los autores internacionales encontramos
a Luis Jacquingon, quien en 1967 denió el derecho urbanístico desde el
conicto existente entre el contenido del derecho de propiedad, cuyo ejercicio
pertenece a un particular, con el contenido del derecho al ordenamiento del
territorio, que corresponde al Estado; esta denición reza: “Conjunto de reglas
a través de las cuales la admi nistración, en nombre de la utilidad pública, y los
titulares del derecho de propiedad, en nombre de la defensa de los intereses
* Abogada de la Univ ersidad del Rosario, con Má ster en Planicación Territori al y Ambiental
de la Universidad de Ba rcelona, Máster en Gestión de la Ciud ad de la misma universidad y Má ster
en Dirección de Empres as Constructoras e Inmobi liarias de la Universid ad Politécnica de Madrid;
especial izada en Derecho Tributario, Derec ho de los Negocios y Derecho Urbano. Direc tora de la
Especial ización en Derecho Urbano de la Unive rsidad del Rosario.
1 Frase de Jan Gelh, arquitecto escritor del libro La humanización del espa cio urbano: la vida
social entre los edi cios, tomada del periódico El Paí s de España, 14 de septiembre de 2016.
Nuevos rumbo s del derecho admini strativo
288
privados, deben coordinar sus posiciones y sus respectivas acciones con vistas
a la ordenación del territorio”.2
En consonancia con lo anterior, Carceller Fernández (1992) dene el
derecho urbanístico desde esa misma óptica como “un conjunto de normas
jurídicas que, por sí mismas o a través del planteamiento que regulan, estable-
cen el régimen urbanístico de la propiedad del suelo y la ordenación urbana
y regulan la actividad administrativa encaminada al uso del suelo, la urbani-
zación y la edicación” (p. 17).
Ahora bien, con esta misma nalidad, la ordenación del territorio, en-
tendida como el desarrollo físico de este, pero más enfocado a los nes de la
ordenación del suelo urbano y al ius edicando, como atributo del derecho de
propiedad, hallamos la denición de Parada-Vázquez (2000), quien señala que
el derecho urbanístico es un “conjunto de normas reguladoras, grosso modo, de
los procesos de ordenación del territorio y su transformación física a través
dela urbanización y la edicación” (p. 320).
Por último, y entendiendo que el derecho urbanístico va más allá de las
normas para la urbanización o para armonizar el conicto entre el derecho
de propiedad y el derecho a la ordenación de territorio, Martínez Gil (2016)
nos trae la siguiente denición, más humanizada y enfocada al objetivo del
ordenamiento territorial: “Conjunto de normas jurídicas, cuyo objeto es re-
gular las conductas de los seres humanos que inciden con el funcionamiento
de las ciudades, para la adecuada organización de su territorio y la correcta
operación de los servicios públicos, con la nalidad de otorgar a sus moradores
el hábitat requerido por la dignidad de la humanidad” (p. 35).
En cuanto a los autores nacionales, está Morcillo Dosman (2007), quien
dene el derecho urbanístico como “la ciencia jurídica que est udia las normas
que regulan las conductas humanas relacionadas con el uso y goce del suelo
urbano y rural y el ordenamiento del territorio de los municipios, tanto en
los aspectos sustantivos como de procedimiento y la administración de la
aplicación de dichas normas” (p. 137).
Y otra, más actual y v inculada a sus componentes y nalidades, corresponde
a la que nos traen Pinilla y Rengifo (2012), como “el conjunto de normasde
planicación, gestión y control mediante las cuales se ordena el territorio delas
ciudades con el propósito de generar seguridad, salubridad y bienestar a sus
2 Denición cit ada por Carceller en su libro In stituciones de derecho urbaní stico (1898) y toma da
del escrito de Pin illa (2003, p. 5).
Una aproximaci ón al derecho urbaní stico, el sistema juríd ico que contribuye a lacons trucción
289
habitantes y promover la realización efectiva de sus derechos, en el marco del
desarrollo sostenible y la participación democrática” (p. 14).
Del análisis de las distintas den iciones, se puede concluir que el derecho
urbanístico hace parte del derecho público. Sin embargo, no es tan evidente
y ha sido objeto de múltiples discusiones, de si se trata de una rama del de-
recho administrativo o, por el contrario, si es una rama independiente.3 La
posición mayoritaria y la cual comparto en parte es que el derecho urbaníst ico
actualmente hace parte del derecho administrativo, no obstante, cuenta con
principios, postulados y fundamentos propios que la convierten en una subrama
cada vez más especializada con vistas a convertirse en una rama autónoma
del derecho. Ello tiene sentido desde el punto de vista de los principios que
lo inspiran (fuertemente vinculados con los principios de la función admi-
nistrativa descritos por el artículo 209 de la Constitución) y las herramientas
y categorías que emplea el derecho urbano (en el que es preciso y denitivo
recurrir a instrumentos básicos del derecho administrativo, como los actos
administrativos, el procedimiento administrativo, los planes, las circulares,
los conceptos y el control judicial de la administración).
Por lo anterior, y dado que, en últimas, la inuencia es recíproca (es in-
dudable que el derecho urbanístico ha aportado al derecho administrativoun
escenario privilegiado pa ra la puesta en marcha, anamiento y enriquecimiento
de su instrumental —como se ve, ejemplarmente, con el caso de los planes o
con la mejor comprensión de la idea de función social y ecológica del derecho
de propiedad—), es de vital importancia en el derecho admin istrativo conocer
esta nueva rama, un derecho muy novedoso en nuestro país que se consolidó
a partir de la expedición de la Ley 9 de 1989, denominada ‘Ley de Reforma
Urbana’, y robustecido por la Constitución de 1991 y la Ley 388 de 1997,
como se evidenciará a lo largo de este capítulo.
Es preciso para ello anali zar los postulados especícos y principios propios
sobre los que se fundamenta este campo del derecho, que lo hacen tan especial y
3 Carceller nos expl ica que, “aunque se han formulado varias teorías (derecho especial, r ama
jurídica interd isciplinar ia y social, conjunto de normas de natu raleza dis tinta, moderno capítulo
del derecho admi nistrativo), la naturaleza del derecho urbanístico es, básica mente, la del derecho
administ rativo, como una pertenenc ia de su parte especi al; lo que no obsta para que h aya de exponerse
y deba comprenderse en rel ación con las instituciones del d erecho civil y, en partic ular, del derecho
de propiedad privad a. La negación de la autonomí a cientíca del derecho urbanístico no debe ser
obstáculo pa ra hacerlo objeto de una atención especia l dentro de una consideración de la act ividad
singula r de la administración” (citado por A rbouin Gómez, 2019, p. 6).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR