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El funcionamiento del sindicato depende de mínimo dos órganos fundamentales: La asamblea de afiliados y la junta directiva.
Asamblea de afiliadosEs importante hacer énfasis en que la asamblea de fundadores se forma con la finalidad de crear el sindicato, pero después desaparece, convirtiéndose en la de afiliados.
La asamblea de afiliados la conforman todas las personas afiliadas al sindicato. Es el órgano máximo y quien debe tomar las decisiones más importantes con fundamento en los principios democráticos. La asamblea de afiliados se reunirá ordinaria o extraordinariamente.
La Corte Constitucional en Sentencia C-674 de 2008 [j 1] define la asamblea como el máximo órgano de los sindicatos y el escenario propicio para defender los intereses y aspiraciones comunes.
Aunado a lo anterior, se justifica que la asamblea adopte decisiones fundamentales para el futuro del sindicato, ya que al reunir a todos los afiliados se garantiza la representación de los mismos.
Legislación citada Jurisprudencia citada Doctrina- Camacho Ramírez, Ceron Ramirez. “Derecho colectivo del trabajo”, segunda edición. Grupo editorial Ibañez. Pags. 116