Resolución número 0000986 de 2013, por la cual se efectúa una asignación de recursos del presupuesto de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2013 y se dictan otras disposiciones - 10 de Abril de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 431146562

Resolución número 0000986 de 2013, por la cual se efectúa una asignación de recursos del presupuesto de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2013 y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín48757

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en los artículos 5º de la Ley 1608 de 2013 y 13, parágrafo 4º de la Ley 1122 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, desarrollado por el Decreto número 1080 de 2012 y la Resolución número 1302 de 2012, modificada por la Resolución número 1597 del mismo año, las entidades territoriales registraron deudas reconocidas y no pagadas a las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, por valor de trescientos veinte mil ochocientos cuarenta y siete millones ciento treinta y ocho mil doscientos veinticinco pesos con noventa y cuatro centavos m/cte ($320.847.138.225,94).

Que el artículo 5º de la Ley 1608 de 2013, autorizó a este Ministerio para disponer por una sola vez de recursos del Fosyga hasta un monto de ciento cincuenta mil millones de pesos ($150.000.000.000), para que las entidades territoriales puedan atender las deudas reconocidas del Régimen Subsidiado de Salud en virtud de lo establecido en el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011 y sus reglamentos.

Que mediante Resolución número 292 de 2013, se definieron los términos y condiciones de reporte del plan de aplicación y ejecución de los recursos de que trata la Ley 1608 de 2013, adoptando en su artículo 3º, el Anexo número 7. Formato - "Saneamiento de deudas del Régimen Subsidiado reconocidas en virtud del artículo 275 de la Ley 1450 de 2011", mediante el cual, los municipios de categorías 4, 5 y 6 que tienen deudas reconocidas y no pagadas en el marco del precitado artículo y sus reglamentos, solicitan la asignación de los recursos a que refiere el artículo 5º de la Ley 1608 de 2013 y consecuentemente, para efectos de su restitución, definen las fuentes territoriales de recaudo nacional con las que asumirán el esfuerzo propio en la cofinanciación del Régimen Subsidiado.

Que dentro del término previsto en el inciso segundo del artículo de la Resolución número 292 de 2013, las entidades territoriales diligenciaron adecuadamente el formato allí adoptado como Anexo número 7, solicitando la asignación de recursos y definiendo las fuentes territoriales de recaudo nacional con las que asumirán el esfuerzo propio en la cofinanciación del Régimen Subsidiado, producto de la citada restitución de recursos.

Que con base en la información reportada en el Anexo 7 de la Resolución número 292 de 2013, así como en los datos de las deudas a cancelar a los prestadores de servicios de salud, registrados por cada Entidad Promotora de Salud, a través de la plataforma de integración del SISPRO-PISIS, el Comité de Análisis y Seguimiento del Fosyga determinó el monto de los recursos a asignar a cada entidad territorial para el saneamiento de las deudas del Régimen Subsidiado, reconocidas en virtud del artículo 275 de la Ley 1450 de 2011 y sus reglamentos.

Que mediante Resolución número 4495 de 2012, este Ministerio aprobó el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2013, en el cual asignó recursos por un monto de ciento cincuenta mil millones de pesos ($150.000.000.000), por concepto de "Saneamiento deudas entidades territoriales -Ley Cuentas Maestras".

Que según reporte del Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 524 del 1º de abril de 2013, expedido por el profesional del Grupo de Administración Financiera del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), existe apropiación disponible y libre de afectación para garantizar las operaciones en el presupuesto de gastos del Fosyga para la vigencia 2013, bajo el Código: 63030471216; Subcuenta: Solidaridad; Concepto: Saneamiento Deudas Entidades Territoriales - Ley Cuentas Maestras; Valor: 62.626.213.088.00.

Que en mérito a lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º

Asignar recursos del presupuesto de gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia 2013, bajo el Código: 63030471216; Subcuenta: Solidaridad; Concepto: Saneamiento Deudas Entidades Territoriales - Ley Cuentas Maestras, por valor de sesenta y dos mil seiscientos veintiséis millones doscientos trece mil ochenta y ocho pesos m/cte ($62.626.213.088), a los municipios que a continuación se relacionan:

Fuentes territoriales Tiempo estimado para la restitución en años
Departamento Código municipio Municipio Código EPS Valor de la deuda reconocida no pagada Valor asignado por EPS Valor asignado por municipio Sistema general de participación de libre inversión Regalías
ANTIOQUIA 05002 ABEJORRAL CCF002 142.989.024 30.327.176 30.327.176 30.327.176 - 5
ANTIOQUIA 05004 ABRIAQUI EPSS20 129.481.025 90.636.718 90.636.718 - 90.636.718 5
ANTIOQUIA 05036 ANGELÓPOLIS ESS091 65.733.270 75.514 8.196.289 - 8.196.289 2
ANTIOQUIA 05036 ANGELÓPOLIS EPSS14 8.120.775 8.120.775
ANTIOQUIA 05040 ANORI ESS024 67.377.780 30.881.737 30.881.737 - 30.881.737 10
ANTIOQUIA 05055 ARGELIA ESS062 148.007.686 103.605.380 199.585.454 - 199.585.454 8
ANTIOQUIA 05055 ARGELIA EPSS20 137.114.392 95.980.074
ANTIOQUIA 05107 BRICEÑO EPSS20 87.605.173 61.323.621 107.254.291 - 107.254.291 1
ANTIOQUIA 05107 BRICEÑO EPSS33 46.923.193 32.846.235
ANTIOQUIA 05107 BRICEÑO ESS024 18.692.050 13.084.435
ANTIOQUIA 05120 CÁCERES EPSS30 1.053.743.448 310.644.298 878.194.716 878.194.716 - 10
ANTIOQUIA 05120 CÁCERES EPSI03 278.011.010 278.011.010
ANTIOQUIA 05120 CÁCERES ESS024 227.994.235 227.994.235
ANTIOQUIA 05120 CÁCERES EPSS20 61.545.173 61.545.173
ANTIOQUIA 05147 CAREPA ESS002 375.638.137 262.946.696 321.374.217 - 321.374.217 10
ANTIOQUIA 05147 CAREPA EPSS20 84.351.623 54.672.974
ANTIOQUIA 05147 CAREPA CCF001 5.363.639 3.754.547
ANTIOQUIA 05480 MUTATA CCF001 76.749.887 41.444.939 41.444.939 41.444.939 - 10
ANTIOQUIA 05628 SABANALARGA CCF002 322.133.004 250.000.000 332.179.827 332.179.827 - 10
ANTIOQUIA 05628 SABANALARGA EPSS20 152.409.607 82.179.827
ANTIOQUIA 05665 SAN PEDRO DE URABÁ ESS002 468.872.336 170.761.332 442.277.176 442.277.176 - 10
ANTIOQUIA 05665 SAN PEDRO DE URABÁ EPSS31 258.381.782 133.142.330
ANTIOQUIA 05665 SAN PEDRO DE URABÁ EPSS33 197.676.448 138.373.514
ANTIOQUIA 05674 SAN VICENTE ESS091 370.292.698 143.460.614 143.460.614 143.460.614 - 5
ANTIOQUIA 05679 SANTA BÁRBARA CCF002 259.427.268 107.785.994 223.900.705 223.900.705 -
ANTIOQUIA 05679 SANTA BÁRBARA CCF001 119.286.928 49.560.943
ANTIOQUIA 05679 SANTA BÁRBARA ESS024 100.915.458 41.928.025
ANTIOQUIA 05679 SANTA BÁRBARA ESS091 59.271.051 24.625.743
ANTIOQUIA 05790 TARAZÁ ESS002 50.423.498 27.315.930 33.352.784 33.352.784 - 10
ANTIOQUIA 05790 TARAZÁ EPSS20 11.151.302 6.036.854

Fuentes territoriales Tiempo estimado para la restitución en años
Departamento Código municipio Municipio Código EPS Valor de la deuda reconocida no pagada Valor asignado por EPS Valor asignado por municipio Sistema general de participación de libre inversión Regalías
ANTIOQUIA 05873 VIGÍA DEL FUERTE EPSI03 37.330.221 20.645.279 38.931.532 - 38.931.532 10
ANTIOQUIA 05873 VIGÍA DEL FUERTE CCF001 18.286.253 18.286.253
ANTIOQUIA 05887 YARUMAL CCF002 126.573.765 72.123.743 72.123.743 72.123.743 - 10
ATLÁNTICO 08137 CAMPO DE LA CRUZ ESS024 189.514.259 91.549.627 115.774.621 115.774.621 - 10
ATLÁNTICO 08137 CAMPO DE LA CRUZ ESS133 24.224.994 24.224.994
ATLÁNTICO 08296 GALAPA ESS207 72.187.606 49.933.753 100.557.884 - 100.557.884 10
ATLÁNTICO 08296 GALAPA ESS076 49.022.559 33.909.981
ATLÁNTICO 08296 GALAPA EPSS20 24.163.104 16.714.150
ATLÁNTICO 08433 MALAMBO CCF015 1.140.917.584 730.565.925 1.826.414.812 1.826.414.812 - 10
ATLÁNTICO 08433 MALAMBO EPSS20 993.263.296 365.282.963
ATLÁNTICO 08433 MALAMBO EPSS26 517.423.090 182.641.481
ATLÁNTICO 08433 MALAMBO ESS024 353.895.318 182.641.481
ATLÁNTICO 08433 MALAMBO ESS207 243.073.665 182.641.481
ATLÁNTICO 08433 MALAMBO ESS076 123.293.309 182.641.481
ATLÁNTICO 08520 PALMAR DE VARELA EPSS20 1.464.026.505 779.034.379 809.523.823 809.523.823 - 10
ATLÁNTICO 08520 PALMAR DE VARELA ESS133 20.654.063 20.654.063
ATLÁNTICO 08520 PALMAR DE VARELA CCF055 9.835.381 9.835.381
ATLÁNTICO 08558 POLONUEVO CCF015 266.737.910 119.123.903 238.247.806 238.247.806 - 10
ATLÁNTICO 08558 POLONUEVO ESS076 173.107.262 119.123.903
ATLÁNTICO 08560 PONEDERA EPSS33 208.091.777 112.715.593 189.068.639 189.068.639 - 10
ATLÁNTICO 08560 PONEDERA CCF015 67.341.425 36.476.351
ATLÁNTICO 08560 PONEDERA ESS024 44.554.947 24.133.761
ATLÁNTICO 08560 PONEDERA ESS076 29.064.082 15.742.934
ATLÁNTICO 08606 REPELÓN CCF015 121.845.637 85.291.631 156.144.672 - 156.144.672 10
ATLÁNTICO 08606 REPELÓN ESS133 69.620.798 48.734.559
ATLÁNTICO 08606 REPELÓN EPSS20 31.597.381 22.118.482
ATLÁNTI
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