Auto 0453 - 9 de Julio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43211352

Auto 0453

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía
Número de Boletín45604

El Director Regional Putumayo, en uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993 artículo 31 numerales 2, 9, artículo 35, Decreto 1791 de 1996, y

TENIENDO EN CUENTA:

Que el día 1º de diciembre de 2003, se recibió en la Unidad Operativa Llanura Amazónica de la Regional Putumayo de Corpoamazonia, por parte del señor José Hanny Vargas Correa, identificado con la cédula de ciudadanía número 6616400 de Puerto Leguízamo, solicitud del trámite de registro y legalización de la Empresa de comercialización y transformación secundaria de productos forestales "Las Tres Maderas", en el municipio de Leguízamo, departamento del Putumayo;

Que de conformidad con la Ley 99 de 1993, artículo 31 numerales 2 y 9, artículos 35, 85 y el Decreto 1791 de 1996 le corresponde a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, Corpoamazonia, como máxima autoridad ambiental, otorgar permisos, autorizaciones requeridas por la ley para el uso aprovechamiento de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente y control sobre la movilización, procesamiento y comercialización de productos forestales y de la flora...

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