AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 134317 del 09-02-2024 - Jurisprudencia - VLEX 1027005861

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 134317 del 09-02-2024

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaATP212-2024
Fecha09 Febrero 2024
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 134317



G.B. CASTILLO

Magistrado Ponente




ATP212-2024

Tutela de 2ª instancia No. 134317

Acta No. 016



Bogotá D. C., nueve (09) de febrero de dos mil veinticuatro (2024)


VISTOS


EDWIN SEBASTIÁN VÉLEZ GUTIÉRREZ presentó acción de tutela contra el Juzgado 2º Penal del Circuito de Medellín, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales del debido proceso y libertad.


ANTECEDENTES RELEVANTES Y CONSIDERACIONES


1. La demanda fue conocida en primera instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, autoridad judicial que, mediante providencia del 30 de octubre de 2023, declaró improcedente el amparo constitucional solicitado. El accionante impugnó el fallo.


2. La Sala conformada por los Magistrados L.A.H.B., Hugo Quintero Bernate y el suscrito como ponente confirmó la decisión de primer grado mediante sentencia STP17707-2023, la cual se encuentra en trámite de notificación.


3. No obstante, el despacho advirtió que en el proceso de formalización de firmas digitales se omitió inadvertidamente estampar la del Magistrado Gerardo Barbosa Castillo, así como fijar su nombre como ponente de la decisión; en su lugar, se consignó equivocadamente el nombre del señor Magistrado Luis Antonio Hernández Barbosa.


4. Esta situación irregular impone declarar la nulidad de la providencia STP17707-2023 del 13 de diciembre de 2023, en procura de corregir las falencias de forma advertidas.


Por lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas # 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,


RESUELVE


PRIMERO: DECRETAR LA NULIDAD de la sentencia STP17707-2023 del 13 de diciembre de 2023 y en consecuencia rehacer la actuación, de conformidad con las precisiones que anteceden.


NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE





GERARDO BARBOSA CASTILLO

LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

HUGO QUINTERO BERNATE









NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria

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