AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 75270 del 24-01-2018
Sentido del fallo | DECLARA BIEN DENEGADO RECURSO |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de expediente | 75270 |
Fecha | 24 Enero 2018 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Bogotá |
Tipo de proceso | RECURSO DE QUEJA |
Número de sentencia | AL305-2018 |
GERARDO BOTERO ZULUAGA
Magistrado ponente
AL305-2018
Radicación n.° 75270
Acta 02
Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de enero de dos mil dieciocho (2018).
LIDA MARLENN PINZÓN CAMARGO vs. SUN GEMINI S.A., G.S.L.. y EMPRESA COLOMBIANA DE PETRÓLEOS ECOPETROL.
Decide la Sala sobre el recurso de queja presentando por el apoderado judicial de la demandada SUN GEMINI S.A., contra el auto de fecha 14 de marzo de 2016, proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante el cual negó el recurso extraordinario de casación que interpuso contra la sentencia dictada por esa misma Corporación, el 19 de febrero de igual año, dentro del proceso ordinario laboral adelantado por LIDA MARLENY PINZÓN CAMARGO contra la recurrente, G.S.L.. y la EMPRESA COLOMBIANA DE PETRÓLEOS ECOPETROL.
-
ANTECEDENTES
Ante el Juzgado Dieciséis Laboral de Circuito de Bogotá, L.M.P.C. demandó a SUN GEMINI S.A., G.S.L., como integrantes de una unión temporal y solidariamente a ECOPETROL, con el fin de que, previa declaración de la existencia de dos contratos de trabajo a término fijo, fueran condenados a la reliquidación de salarios, prestaciones sociales, aportes parafiscales, e indemnizaciones.
El juez de primera instancia, en sentencia del 27 de junio de 2014, declaró que entre las empresas que integran la unión temporal S.G.G.S. y la demandante se celebró un contrato de trabajo, el cual tuvo vigencia entre el 29 de diciembre de 2006 y el 28 de diciembre de 2007, y condenó solidariamente a pagar a favor de la demandante, las sumas de $3.755.934,92 por concepto de auxilio de cesantía; $450.712,19 por intereses a la cesantía; $3.755.934,92 por prima de servicios; $1.759.080,oo por vacaciones; $37.330.518 por indemnización del artículo 99 numeral 3º de la Ley 50 de 1990; igualmente las condenó al pago de las cotizaciones a pensión correspondientes a todo el tiempo laborado, es decir, desde el 29 de diciembre de 2006 hasta el 28 de diciembre de 2007, teniendo como base salarial un monto de $3.566.624,oo para el 2006 y $3.518.160,oo para el 2007; absolvió de las demás pretensiones; igualmente exoneró de cualquier responsabilidad a ECOPETROL y a Seguros del Estado, quien fue llamado en garantía .
Inconforme con la anterior decisión, el apoderado de Sun Gemini S.A interpuso recurso de apelación y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, mediante sentencia de 19 de febrero de 2016, confirmó la decisión apelada, fallo contra el que se interpuso recurso extraordinario de casación.
El Tribunal luego de realizar las operaciones aritméticas necesarias, estableció que el interés económico que le asistía a la entidad demandada ascendía a la suma de $53.602.943,70. Así, al hallar que no cumplía con la cuantía mínima que exige la norma para recurrir en casación, que para el año 2016 correspondía a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 75270 del 28-11-2018
...moratorios ordenados». Así las cosas, y en acatamiento a lo decidido en la sentencia de tutela ya señalada, se dejará sin efectos el auto AL305-2018, y se procederá a dictar nueva providencia, atendiendo lo anteriormente En ese sentido, entiende la Corte que la inconformidad del accionante ......
-
SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 100460 del 11-09-2018
...Cúmplase JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 1 Cf. CSJ AL305-2018. 2 La Sala de Casación Laboral resolvió el recurso de queja declarando bien negado el recurso extraordinario de casación el 24 de enero de 201......
-
SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119744 del 26-10-2021
...HERNÁNDEZ BARBOSA FABIO OSPITIA GARZÓN NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 1 Nadie puede alegar en su favor su propia culpa. 2 Cf. CSJ AL305-2018....
-
SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119744 del 26-10-2021
...HERNÁNDEZ BARBOSA FABIO OSPITIA GARZÓN NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 1 Nadie puede alegar en su favor su propia culpa. 2 Cf. CSJ AL305-2018....