AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 68001-31-03-005-2015-00570-01 del 28-11-2017 - Jurisprudencia - VLEX 873989697

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 68001-31-03-005-2015-00570-01 del 28-11-2017

Sentido del falloDECLARA PREMATURO RECURSO DE CASACION
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
Número de expediente68001-31-03-005-2015-00570-01
Número de sentenciaAC7929-2017
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Bucaramanga
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Fecha28 Noviembre 2017



AC7929-2017

Radicación n° 68001-31-03-005-2015-00570-01



Bogotá, D.C., veintiocho (28) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).



Se resuelve sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte demandante frente a la sentencia de 8 de septiembre de 2017, proferida por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, dentro del proceso ordinario promovido por C.B.J. contra J. de los S.D..


  1. ANTECEDENTES


1. La pretensión del juicio mentado tiene por objeto que se declare el incumplimiento del demandado como prometiente vendedor, respecto de la promesa de compraventa del inmueble «rural denominado COLOMBIA» y en consecuencia «se declare resuelto el mencionado contrato». Así mismo la restitución de «las siguientes sumas y por los siguientes conceptos que el prometiente comprador pagó como parte del precio».


La decisión de primera instancia la profirió el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Bucaramanga el 17 de marzo de 2017, en la cual se denegaron las demandas principal y de reconvención, procediéndose a decretar «resuelto el contrato de promesa de compraventa (…), por mutuo disenso tácito», en razón de lo cual ordenó al demandando J. de los S.D.B. devolver la suma de $506.576.069.


2. El Tribunal, al definir las apelaciones propuestas por ambas partes, mediante sentencia proferida en audiencia de 8 de septiembre de 2017, revocó parcialmente el fallo de origen en orden a desestimar las defensas del convocado frente a la demanda inicial y acoger la pretensión de declaratoria de resolución del contrato planteada por C.B.J., con condena en costas a cargo de J. de los S.D.B


A tono con lo anterior, dispuso la confirmación de las decisiones relacionadas con la improsperidad de la demanda de reconvención, particularmente, la condena de restitución dineraria.


3. Frente a la anterior decisión, el convocado una vez proferida la sentencia y en la misma audiencia, de forma verbal manifestó interponer recurso extraordinario de casación, el cual fue concedido inmediatamente por el ad quem, mediante auto proferido en la misma audiencia, al estimar que se cumplían los requisitos legales.


  1. CONSIDERACIONES


1. De la prematura concesión del recurso de casación.


La naturaleza extraordinaria del recurso de casación exige el cumplimiento de rigurosos requisitos en lo que se refiere a la interposición y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
42 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR