AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 97559 del 02-05-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874109521

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 97559 del 02-05-2018

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaATP957-2018
Número de expedienteT 97559
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Pereira
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha02 Mayo 2018



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado ponente



ATP957-2018

Radicación nº 97559

(Aprobado en Acta n° 135)




Bogotá D.C., dos (2) de mayo de dos mil dieciocho (2018).



Decide la Sala lo que en derecho corresponda acerca de la impugnación interpuesta por el apoderado del accionante J.D.R.L. contra la sentencia de tutela proferida el 12 de febrero de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, mediante la cual negó por improcedente el amparo de los derechos fundamentales a la vida, salud e integridad, presuntamente vulnerados por los Juzgados 1° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y 1° Penal del Circuito Especializado, ambos de esa ciudad, al haberle negado la prisión domiciliaria a su cónyuge Lucía León de M..


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Acude el accionante J.D.R.L., a través de apoderado, para lograr el amparo de sus derechos fundamentales a la vida y a la salud, al estimarlos lesionados por las autoridades accionadas, tras haberle negado a su cónyuge Lucía León de M., el beneficio de la prisión domiciliaria por ser madre cabeza de familia.


Expone que el Juzgado 1° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de P. el 28 de junio de 2017 le negó a León de M. la petición de sustitución de la medida de detención carcelaria por la domiciliaria, confirmada en segunda instancia el 17 de octubre de ese año por el Juzgado 1° Penal del Circuito Especializado de esa ciudad, por no demostrarse la calidad alegada.


Señala que la ausencia de la reclusa en el seno del hogar, le ha generado una mengua en su calidad de vida, cuando ella era quien se encargaba de su manutención, al ser una persona de la tercera edad, que requiere de cuidados espéciales para el tratamiento de sus afecciones, por lo que requiere la presencia de su esposa en el domicilio.


Por ende, solicita dejar sin efecto las providencias reseñadas por las cuales le fue negada la prisión domiciliaria a su cónyuge Lucía León de M..


TRÁMITE DE LA ACCIÓN


1. Avocado el conocimiento del asunto, el 30 de enero de 2018 el Tribunal ordenó correr traslado de la demanda a las autoridades accionadas.


2. Al respecto, fueron enviadas comunicaciones al «Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Pereira, Juez 1° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de P., JOSÉ DUVÁN RAMÍREZ LÓPEZ y MARTÍN E. BOTERO DUQUE, Procurador Judicial Penal...

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