AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 98934 del 03-07-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874122350

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 98934 del 03-07-2018

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 98934
Fecha03 Julio 2018
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP8972-2018

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente

STP8972-2018

Radicación n.° 98934

(Aprobación Acta No. 217)

Bogotá D.C., tres (03) de julio de dos mil dieciocho (2018)

VISTOS

Decide la Sala el recurso de impugnación interpuesto por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Cali con Función de Conocimiento, contra el fallo de tutela proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali el 15 de mayo de 2018, que concedió el amparo invocado por J.D.B.L..

Fueron vinculados como terceros con interés legítimo en el asunto las demás autoridades, partes e intervinientes del proceso penal radicado bajo el número 760016000193201018161.

ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Fueron recogidos en la decisión de primera instancia en los siguientes términos:[1]

El arriba mencionado ciudadano -quien se encuentra privado de la libertad en la Cárcel Villahermosa de Cali- pide al Juez Constitucional la protección de los aludidos derechos fundamentales, los cuales considera vulnerados por el Juzgado 5° Penal del Circuito de esta ciudad porque, en síntesis, declaró desierto el recurso de apelación que presentó contra el auto que le negó la petición de "libertad por vencimiento de términos" bajo el argumento de que no expuso las razones por la cuales el juez se equivocó en la toma de la decisión, lo cual resulta desacertado si se tiene en cuenta que su defensor tanto en la petición de libertad como en la sustentación del recurso de apelación fue claro en manifestar que el fundamento de sus argumentos es lo consignado en la L. 1786/16 y en la sentencia de la Corte Constitucional C-221/17.

En tal virtud, solicita que se ordene al juzgado accionado concederle el referido recurso de apelación.

EL FALLO IMPUGNADO

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante decisión adoptada el 15 de mayo de 2018 concedió la tutela invocada, al constatar que la decisión emitida el 06 de diciembre de 2017 desconoció el cambio jurisprudencial efectuado por esta Corporación mediante la decisión AP4870-2017 emitida el pasado 02 de agosto de 2017 dentro del radicado 50560, a partir del cual debió no debió declarar desierto el recurso de apelación sino denegarlo, de manera que la parte accionante pudiera interponer el recurso de queja.[2]

En consecuencia, impartió la siguiente orden:

TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia de los que es titular el señor J.D.B.L.. En consecuencia, DECLARAR la nulidad [de] lo actuado a partir del auto del 6 de diciembre de 2017 que declaró desierto el recurso de apelación, inclusive, a fin que [sic] el Juez 5° Penal del Circuito de esta ciudad, habilite al demandante la posibilidad de interponer el recurso de queja.

LA IMPUGNACIÓN

El 18 de mayo de 2018 el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Cali con Función de Conocimiento interpuso recurso de impugnación censurando que la solicitud de amparo no cumplió con el requisito de subsidiariedad porque el accionante no solicitó en el marco del proceso penal la nulidad del auto que declaró desierto el recurso de apelación, pretermitiendo la oportunidad para que él variara su posición y decidiera si confirmaba el rechazo o denegaba la alzada.

Insistió sobre que la postulación de los recursos ordinarios y extraordinarios es un procedimiento rogado, por lo que el recurso de queja debió proponerlo el abogado defensor y no el juez de tutela.[3]

CONSIDERACIONES DE LA SALA

De conformidad con lo previsto en el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, esta Sala es competente para resolver el recurso de impugnación interpuesto por la autoridad accionada contra la decisión proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.

Al respecto, el problema jurídico que convoca a la Sala consiste en establecer si contra el auto mediante el cual se declaró desierto el recurso de apelación presentado por el accionante, se configuran los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y, en consecuencia, debe confirmarse el fallo de tutela de primera instancia.

Requisitos de procedibilidad de la acción de tutela contra decisiones judiciales.

Como ha sido recurrentemente recordado por esta Sala, la acción constitucional de tutela es un mecanismo de protección excepcional frente a providencias judiciales, su prosperidad va ligada al cumplimiento de estrictos requisitos de procedibilidad que implican una carga para la parte accionante, tanto en su planteamiento como en su demostración, como lo ha expuesto la propia Corte Constitucional.

Por este motivo, y como ha sido desarrollado por la Doctrina constitucional, la acción de tutela contra providencias judiciales exige:

  1. Que la cuestión que se discuta resulte de evidente relevancia constitucional.

  1. Que hayan sido agotados...

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