AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002022-01032-00 del 18-05-2022 - Jurisprudencia - VLEX 910557191

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002022-01032-00 del 18-05-2022

Sentido del falloNO ACEPTA IMPEDIMENTO
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha18 Mayo 2022
Número de expedienteT 1100102030002022-01032-00
Tipo de procesoIMPEDIMENTO
Número de sentenciaATC674-2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



HILDA GONZÁLEZ NEIRA

Magistrada Ponente.


ATC674-2022

Radicación n° 11001-02-03-000-2022-01032-00


Bogotá, D. C., dieciocho (18) de mayo de dos mil veintidós (2022).


Se resuelve lo concerniente al impedimento manifestado por el Magistrado F.T.B. para conocer la acción de tutela instaurada por T.B.M. contra la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.


CONSIDERACIONES


1.- Con el propósito de garantizar a las partes la imparcialidad y transparencia de los funcionarios encargados de decidir litigios, el legislador ha previsto que el respectivo juez o magistrado se aparte del impulso de la controversia en caso de estructurarse las precisas circunstancias que configuren las causales taxativas de recusación e impedimento.


2.- En el sub lite, el Dignatario citado señaló que en él concurre la causal de impedimento consagrada en el numeral 6º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, porque participó en «la Sala de Decisión que profirió la sentencia STC7887-2021 de 30 de junio de 2021 a la cual se extiende la acción constitucional», lo que, en su criterio, le impide objetivamente aprehender la salvaguarda en esta ocasión, puesto que «una de las quejas elevadas en el escrito inicial se dirige contra la presentación de ‘una acción de tutela, relacionada con lo que fue el desarrollo del proceso penal en sus instancias (…)».


3.- Confrontada tal aseveración con el libelo introductorio, emerge que la demanda de ahora no se relaciona directamente con lo resuelto en pasada ocasión por esta Sala.


En efecto, en el fallo STC7887-2021 se pronunció la Corte frente a una acción similar en la que el eje central gravitó sobre «la sentencia proferida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, emitida el 24 de julio de 2020, dentro del proceso n° 11001-6000102-2015-00392-00, en la cual se dispuso imponer condena penal en contra de la ex juez, Teresita Barrera Madera, por haberla hallado responsable de la comisión del delito de fraude a resolución judicial (…) y la sentencia proferida en sede de apelación por la Sala Penal de la H. Corte Suprema de Justicia el 14 de abril de 2021». A ese punto se limitó el debate, análisis y consecuente determinación de esta Colegiatura, que actuó como juez de primera instancia.


Ahora, si bien es cierto en el escrito...

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