AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57079 del 31-01-2024 - Jurisprudencia - VLEX 1016864189

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57079 del 31-01-2024

Sentido del falloNIEGA SOLICITUD
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaAP460-2024
Fecha31 Enero 2024
Tribunal de OrigenJuzgado Penal de Circuito de Quibdó
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de expediente57079


LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado Ponente



AP460-2024

Casación 57079

Acta 008


Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de enero de dos mil veinticuatro (2024)


VISTOS:


La Sala se pronuncia sobre la solicitud de Ó.A.M.S. consistente en que se ordene eliminar sus datos de identificación de la versión digital de la sentencia CSJ SP651-2022 publicada en la página web oficial de la Corte, emitida en el trámite seguido contra JUAN CARLOS BOTERO ARBOLEDA por el delito de homicidio agravado dentro del radicado 11001314500120050005201, que corresponde al radicado interno 57079.


ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES:


  1. El 15 de junio de 2018 el Juzgado 2º Penal del Circuito de Quibdó con Función de Conocimiento condenó a JUAN CARLOS BOTERO ARBOLEDA como autor de la conducta de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios partes o municiones y absolvió al implicado por el de homicidio agravado. En consecuencia, le impuso la pena principal de 117 meses de prisión, así como la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 5 años.


En desacuerdo, la Fiscalía 2ª Seccional de Quibdó impugnó la anterior determinación y el 23 de octubre de 2019 la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad la revocó parcialmente. En su lugar, condenó a JUAN CARLOS BOTERO ARBOLEDA a la pena principal de 415 meses de prisión como autor del delito de homicidio agravado por la posición de indefensión en que se situó a la víctima —arts. 103 y 104-7— en concurso con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios partes o municiones —art. 365— e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la sanción privativa de la libertad.


La defensa recurrió la primera condena emitida en segunda instancia respecto del delito contra la vida. Por sentencia CSJ SP651-2022 del 9 de marzo de 2022 la Sala modificó el fallo del Tribunal en el sentido de condenar a JUAN CARLOS BOTERO ARBOLEDA la pena de 208 meses de prisión en su condición de autor del punible de homicidio art. 103 de la Ley 599 de 2004—, aumentada en 15 meses por el concurso de conductas punibles, para una pena definitiva de 223 meses de prisión. La sanción accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas se fijó en igual monto.


La anterior determinación se soportó, entre otras pruebas, en el testimonio de Ó.A.M.S..


  1. Mediante escrito remitido el 27 de diciembre de 2023 al Centro de Documentación Judicial -CENDOJ, el mencionado solicitó:


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