AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 0500122100002015-00150-01 del 09-07-2015
Sentido del fallo | CONFIRMA SANCIÓN POR DESACATO |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Número de expediente | T 0500122100002015-00150-01 |
Fecha | 09 Julio 2015 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Familia de Medellín |
Tipo de proceso | INCIDENTE DE DESACATO |
Número de sentencia | ATC3846-2015 |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA
Magistrado ponente
(Aprobado en sesión de ocho de julio de dos mil quince)
Bogotá, D. C., nueve (9) de julio de dos mil quince (2015).
Decide la Corte la consulta de la providencia dictada el 16 de julio de 2015 por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante la cual se resolvió el incidente de desacato promovido por A.R.M.Á., quien actúa como agente oficiosa de su hijo J.E.S.M., contra la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional.
1. La mencionada señora interpuso en favor de su descendiente acción de tutela para que a éste se le protegieran los derechos a la salud, vida digna e integridad personal, presuntamente quebrantados por el organismo querellado.
En sustento de la salvaguarda expresó, en síntesis, que J.E.S.M. se desempeñó como teniente del Ejército Nacional y en ejercicio de sus funciones, el día 20 de julio de 2013 fue víctima de una “emboscada” en la cual perdieron la vida varios miembros de la institución, y él quedó gravemente herido, “(…) pues presenta trauma craneoencefálico severo”.
Destacó que debido a esa lesión, el joven “(…) se encuentra en estado de coma, depende totalmente de sus padres y los médicos dan pocas esperanzas de recuperación”.
Aseveró que la entidad accionada le ha denegado la entrega de los pañales desechables requeridos por J.E.. También sostuvo que en “(…) febrero del año que avanza se le ordenó a su hijo cita por neurología y no ha sido posible que se realice”.
Adujo que ella y su esposo dejaron de laborar “(…) para dedicarse al cuidado total de su hijo [y] no tienen más ingresos que el dinero que a éste le entregan (…)”, suma insuficiente dado el alto costo de los insumos “(…) que su estado de salud demanda”.
2. La Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín concedió el amparo, en consecuencia, mediante sentencia de 14 de octubre de 2014 le ordenó al Director del Ejército Nacional, B. General Carlos Arturo Franco Corredor, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esa determinación,
“(…) le autori[zara] y suminist[rara] a Juan Esteban Salazar Moreno los pañales desechables en la...
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AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 0500122100002023-00072-01 del 26-04-2023
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