AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 40633 del 18-03-2013 - Jurisprudencia - VLEX 874026372

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 40633 del 18-03-2013

Sentido del falloDECLARA INFUNDADA LA CAUSAL DE IMPEDIMENTO
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Tunja
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente40633
Tipo de procesoIMPEDIMENTO
Fecha18 Marzo 2013
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Casación – Impedimento 40633

Fredy Tyron Hernández Moncada y otros

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA¡Error!Marcador no definido.

SALA DE CASACIÓN PENAL


Magistrado Ponente

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Aprobado acta N° 084



Bogotá, D.C., dieciocho (18) de marzo de dos mil trece (2013).



V I S T O S



Corresponde a esta S., integrada por C. y cuatro Magistrados, pronunciarse sobre el impedimento manifestado conjuntamente por los doctores Leonidas Bustos Martínez, María del Rosario G. Muñoz, J.E.S.S. y J.Z.O., Magistrados de la S. Penal de esta Corporación, para conocer del trámite de casación promovido por la defensa de los procesados Fredy Tyrone Hernández Moncada, J.d.C.R.D. y E.J.M.R..



SÍNTESIS DE LA ACTUACIÓN PROCESAL


1. Los apoderados de los mencionados formularon recurso de casación en contra del fallo del 10 de agosto de 2012, por medio del cual el Tribunal de Tunja revocó y modificó parcialmente la condena impartida en contra de aquellos y otros, por las conductas punibles de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación y violación del régimen legal y constitucional de inhabilidades e incompatibilidades.


2. Dicho proceso tuvo su origen en las irregularidades advertidas en la preparación, selección y ejecución de los contratos de suministro números 0175 y 0176 del 23 de diciembre de 2002, suscritos por el entonces gobernador encargado de Boyacá, con el fin de adquirir libros y enciclopedias para dotar diversos centros educativos del ente territorial.


3. En actuación separada, por tratarse de servidores públicos aforados, fueron enjuiciados y sentenciados, por los mismos hechos, el entonces gobernador titular de Boyacá Miguel Ángel Bermúdez Escobar y el encargado E.I.S.E.. Sobre la responsabilidad de los mencionados se pronunció la S. en sentencia del 2 de diciembre de 2008, rad. 29285.



MANIFESTACIÓN DE IMPEDIMENTO



Una vez repartida la actuación, los Magistrados de la S. de Casación Penal, Drs. Bustos Martínez, G. Muñoz, Socha S.manca y Zapata Ortiz, de manera conjunta, manifestaron su impedimento para conocer de esta actuación, con fundamento en el artículo 99-4 de la Ley 600 de 2000.


Señalaron que a través del fallo de única instancia del 2 de diciembre de 2008, rad. 29285, se pronunciaron de fondo sobre la responsabilidad penal de los entonces acusados Bermúdez...

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