AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002015-00154-01 del 11-03-2015 - Jurisprudencia - VLEX 874077829

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002015-00154-01 del 11-03-2015

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 1100122030002015-00154-01
Fecha11 Marzo 2015
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaATC1229-2015
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL


FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ

Magistrado Ponente


ATC1229-2015

R.icación nº. 11001-22-03-000-2015-00154-01


Bogotá, D.C., once (11) de marzo de dos mil quince (2015).


Sería del caso resolver la impugnación interpuesta respecto del fallo de 4 de febrero de 2015, proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que negó la tutela de L.V.S.M. frente al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y la Caja Colombina de Subsidio Familiar –Colsubsidio-, si no fuera porque en el trámite de la primera instancia se incurrió en causal de nulidad que afecta lo actuado.


I.- ANTECEDENTES


1.- Obrando por intermedio de apoderado, la promotora sostiene que las convocadas le están violando el libre desarrollo de la personalidad, la vivienda digna e igualdad.


2.- Circunscribe la vulneración a la negativa de las acusadas de concederle el subsidio de vivienda urbana y no expedir una política especial que permita a la población transgénero acceder a tal beneficio.


3.- Sustenta la protección en los supuestos fácticos que pasan a resumirse (folios 12 a 32).


  1. Que tiene 32 años de edad, nació biológicamente hombre pero desde temprana edad evidenció su condición de mujer «transheterosexual», lo que implicó su expulsión del núcleo familiar en la adolescencia.


  1. Que se desempeñó como «trabajadora sexual» ante la falta de oportunidades laborales, fue amenazada por las Bacrim de la ciudad de Palmira, por lo que se trasladó a Bogotá y fue incluida en el Registro Único de Víctimas por desplazamiento forzado.


  1. Que recibió como ayuda «un mercado inicial y $540.000 y nunca más le dieron apoyo».


  1. Que solicitó a Colsubsidio, que lidera las postulaciones para las asignaciones de las casas, le indicara qué documentos requería para acceder a los proyectos existentes.


  1. Que dicha entidad le informó que las ayudas se consagran para «hogares», esto es, cónyuges, uniones maritales del mismo o de diferente sexo y consanguíneos que compartan el espacio habitacional.


  1. Que tal negativa desconoce su situación personal e historia de vida, y no se puede obligar a los aspirantes «a conformar un núcleo familiar para obtener un subsidio de vivienda».

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