AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50097 del 19-04-2017
Sentido del fallo | ASIGNA COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | 50097 |
Fecha | 19 Abril 2017 |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal de Circuito Especializado de Bogotá |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Número de sentencia | AP2503-2017 |
Bogotá D. C., diecinueve (19) de abril de dos mil diecisiete (2017)
VISTOS
Define la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, la competencia para conocer del proceso penal que se adelanta contra CARLOS MARIO S.M., L.A.P.G., MIGUEL ENRIQUE MOGUEA RODRÍGUEZ, J.C.C., JORGE LUIS ANAYA LÓPEZ, D.J.O.C. y A.C.B.R., por la presunta comisión de los delitos de homicidio agravado, hurto calificado y agravado y porte ilegal de armas de fuego.
Según el escrito de acusación:
El día 4 de Noviembre de 2015, pasadas las 3:30 de la tarde, aproximadamente, momentos en que el profesor ULISES ANTONIO HERRERA MURILLO, luego de retirar una gruesa suma de dinero de una entidad bancaria en la avenida las Peñitas de Sincelejo, llegaba al parque del barrio LAS MARGARITAS, en donde se reunía regularmente con un grupo de amigos, a jugar dominó, se acercan a dicho sitio cuatro sujetos que se movilizaban en dos motocicletas, bajándose los parrilleros y uno de estos arma en mano se le encima al profesor ULISES HERRERA, tratando de despojarlo de una mochila que portaba, ante la oposición de este le dispara ocasionándole herida, y dándose a la huida los sujetos con la mochila de HERRERA MURILLO, y pertenencias varias de otro de los ciudadanos presentes en el juego de dominó.
El profesor ULISES HERRERA es trasladado hasta la Clínica Santa María de Sincelejo, donde fallece, como producto de la herida sufrida.
Con base en el programa metodológico que adelantó la fiscalía, se identificó a C.M.S.M., L.A.P.G., M.E.M.R., J.C.C., J.L.A.L., DEIMER JOSÉ OROZCO CAMARGO y A.C.B. REDONDO como involucrados en el homicidio. El 20 de mayo de 2016 se libró captura en su contra.
Las detenciones se materializaron el 3 de junio siguiente. Ese mismo día, ante el Juzgado Cuarto Penal Municipal con función de control de garantías de Sincelejo, se legalizó la captura de los arriba mencionados y se les formuló imputación por los delitos de homicidio agravado, hurto calificado y agravado y porte ilegal de armas de fuego. No hubo allanamiento a cargos y les fue impuesta medida de aseguramiento intramural.
La fiscalía radicó escrito de acusación por los delitos referidos y la audiencia correspondiente se llevó a cabo ante el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Sincelejo el 24 de noviembre de 2016.
Tras diversos aplazamientos, la vista preparatoria se inició el 15 de febrero de 2017. Al instalarla, la juez indicó que la víctima del delito era integrante de la Asociación de Educadores de Sucre (ADES), una organización sindical de ese departamento. Por tal razón, manifestó que eran «los juzgados especializados para delitos OIT» quienes debían conocer del asunto.
Concedió el uso de la palabra a los...
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