AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 59504 del 04-08-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875211690

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 59504 del 04-08-2021

Sentido del falloACEPTA DESISTIMIENTO PRESENTADO
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaAP3276-2021
Fecha04 Agosto 2021
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala Especial de Primera Instancia
Tipo de procesoSEGUNDA INSTANCIA
Número de expediente59504





EYDER PATIÑO CABRERA

Magistrado ponente


AP3276-2021

Radicación 59504

Acta 195


Bogotá, D. C., cuatro (4) de agosto de dos mil veintiuno (2021).

VISTOS


La S. se pronuncia sobre el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el defensor de Bernardo Miguel Elías Vidal, contra la decisión de la S. de Primera Instancia del 6 de noviembre de 2020, mediante la cual negó una petición de nulidad.


HECHOS


La situación fáctica está relacionada con el llamado caso Odebrecht, sobre el cual se denunció que «entre los años 2009 a 2016 directivos de la multinacional ODEBRECHT se habrían asociado con funcionarios públicos, entre ellos, Congresistas, como B.M.E.V., con el fin de intervenir y garantizar la adjudicación de obras de infraestructura nacional, recibiendo estos servidores públicos recursos por su labor, dándoles apariencia de legalidad mediante empresas offshore, así como con la suscripción de contratos y subcontratos simulados».1


ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES



  1. El 28 de febrero de 2017, la S. Tercera de Instrucción de la S. de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, por los anteriores hechos, bajo los presupuestos de la Ley 600 de 2000, abrió investigación previa2, tras acreditar que Bernardo Miguel Elías Vidal se desempeñó en el cargo de Senador de la República para los periodos constitucionales 2010-2014 y 2014-20183.



  1. En consecuencia, el 9 de agosto de 20174, la S. de Instrucción referida, dispuso formal investigación penal contra el aforado constitucional y tras vincularlo mediante indagatoria5, le resolvió la situación jurídica el 23 de agosto de 20176 con medida de aseguramiento de detención preventiva sin beneficio de excarcelación, como probable autor de los delitos de cohecho propio, tráfico de influencias de servidor público, concierto para delinquir agravado y lavado de activos.



  1. El 23 de noviembre de 2017 se dispuso el cierre de la investigación7, sin embargo, ante la interposición por la defensa del recurso de reposición contra la decisión y la manifestación de Elías Vidal de acogerse a los beneficios de sentencia anticipada, el 13 de diciembre siguiente, se llevó a cabo diligencia de formulación y aceptación de cargos únicamente respecto de los delitos de cohecho propio y tráfico de influencias de servidor público8. Se ordenó la ruptura de la unidad procesal, para proseguir la actuación respecto de los restantes punibles investigados.



  1. El 12 de febrero de 2018 cobró firmeza el cierre de la investigación y el 9 de mayo de 2018, se...

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