Auto Nº 002-2012-00391-01 (2478) del Tribunal Superior de Cali Sala Civil, 25-06-2020
Sentido del fallo | CONFIRMA AUTO |
Fecha | 25 Junio 2020 |
Número de registro | 81510641 |
Número de expediente | 002-2012-00391-01 (2478) |
Normativa aplicada | CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO ART. 63 |
Emisor | Sala Civil (Tribunal Superior de Cali de Colombia) |
República de Colombia Departamento del Valle del Cauca
Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI
SALA UNITARIA CIVIL VERBAL
RAD. 002-2012-00391-01 (2478) ***
Magistrado Ponente: JORGE JARAMILLO VILLARREAL
Santiago de Cali, junio veinticinco (25) de dos mil veinte (2020)
Se decide el recurso apelación interpuesto por Luz Adriana
Sánchez Carrillo contra el auto del 24 de abril de 2017 proferido por el
Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cali, dentro del proceso ordinario de
nulidad adelantado por A.N.C. en contra de Ana Teresa
Agudelo Gallego, en el que se rechazó la intervención ad excludendum que
pretende L.A.S.C..
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES
En el proceso referido, la parte demandante pretende que se
declare la nulidad absoluta de la conciliación realizada entre Arnol Nieto
Chavarriaga y A.T.A.G. fechada 06 de septiembre de
2010 (liquidación de la sociedad patrimonial), por omisión de los requisitos
legales (Ley 54 de 1990), así mismo, la nulidad absoluta de la E.P. No.5.148
del 05 de diciembre de 2006 de la Notaría Sexta del Circulo de Cali en la que
A.T.A.G. hipotecó el inmueble registrado al folio de M.I.
No. 370-395498 a un tercero y las demás escrituras públicas realizadas sobre
dicho inmueble con posterioridad a la liquidación de la sociedad patrimonial,
porque el demandante no recibió ningún rédito del inmueble que dice hace
parte del “haber patrimonial” de la sociedad; el 23 de noviembre del 2012 el
Juzgado Segundo Civil del Circuito admitió la demanda, el 21 de junio de
2013 se inscribió la misma en el folio de M.I. Nro. 370-395498, la demanda
fue notificada a A.T.A.G., el 15 de septiembre de 2014 se
llevó a cabo la audiencia del artículo 101 del C.P.C.
Verbal 002-2012-00391-01 (2478)
Arnol Nieto Chavarriaga Vs Ana Teresa Agudelo
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Posteriormente, el 23 de octubre de 2014, Luz Adriana Sánchez
Carrillo a través de apoderado judicial, presenta “INCIDENTE DE
DESAFECTACIÓN” en orden a que se levante la inscripción de la demanda
porque desde el 26 de mayo de 2011 había comprado el inmueble aludido a
la demandada, el 10 de abril de 2015 el Juzgado rechazó el incidente (Arts.
135 y 138 C. de P.C. y llamó ex oficio a la señora S.C. para que
haga valer sus derechos en el proceso, el 15 de abril de 2016, L.A.
formula intervención ad excludendum con la que pretende la cancelación de
la cautela decretada en el asunto, el 20 de febrero de 2017 se inadmite la
demanda (ad...
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