AUTO nº de Consejo de Estado (SECCIÓN PRIMERA) del 09-04-2021
Sentido del fallo | NO APLICA |
Fecha de la decisión | 09 Abril 2021 |
Tipo de documento | Auto |
Emisor | SECCIÓN PRIMERA |
MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD - Frente al decreto por el cual se establece el sistema salarial de evaluación por méritos para los Instructores del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA / COMPETENCIA DE LA SECCIÓN SEGUNDA DEL CONSEJO DE ESTADO - Para conocer de los procesos de nulidad contra los actos administrativos que versen sobre asuntos de carácter laboral / REMISIÓN POR COMPETENCIA DEL EXPEDIENTE – Por tratarse de un asunto cuyo conocimiento corresponde a otra sección / REITERACIÓN DE JURISPRUDENCIA
[E]l Despacho considera que: i) a la Sección Segunda de esta Corporación le corresponde el conocimiento de los procesos que versen sobre asuntos laborales; y ii) los actos administrativos que establecen el sistema salarial de evaluación por méritos para empleados públicos son de naturaleza laboral. En relación con lo anterior, la Sección Segunda de esta Corporación ha asumido el conocimiento de asuntos en los que se discute la legalidad de los actos administrativos que establecen sistemas de evaluación para los empleados públicos. Atendiendo a que el presente asunto corresponde a un proceso de nulidad por inconstitucionalidad en el que se controvierte un acto administrativo sobre el sistema salarial de evaluación por méritos para los instructores del Servicio Nacional de Aprendizaje, este Despacho considera que el conocimiento le corresponde a la Sección Segunda de esta Corporación, de conformidad con el criterio de especialidad y las reglas de repartimiento establecidas en el artículo 13 del Reglamento Interno del Consejo de Estado. Por lo anteriormente expuesto, el Despacho ordenará a la Secretaría de la Sección Primera de esta Corporación que remita el expediente [...] a la Sección Segunda, para lo de su competencia.
NOTA DE RELATORÍA: Ver providencia Consejo de Estado, Sección Segunda, de 16 de agosto de 2018, Radicación 11001-03-25-000-2017-00129-00, C.P. Rafael Francisco Suárez Vargas
FUENTE FORMAL: ACUERDO 80 DE 2019 – ARTÍCULO 13
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Consejero ponente: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Bogotá D.C., nueve (9) de abril de dos mil veintiuno (2021)
Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00380-00
Actor: R.G.P.Y.
Demandado: SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Referencia: Medio de control de nulidad por inconstitucionalidad
Asunto: Resuelve sobre la remisión del expediente de un proceso a la Sección Segunda del Consejo de Estado
AUTO INTERLOCUTORIO
Este Despacho procede a decidir sobre la remisión del expediente de un proceso a la Sección Segunda del Consejo de Estado.
I. ANTECEDENTES
1. Rafael Guillermo Pizarro Yepes1 presentó demanda contra el Servicio Nacional de Aprendizaje2, en ejercicio del medio de control de nulidad por inconstitucionalidad3, para que se declare la nulidad de los numerales 5, 6 y 7 del artículo 23 y el numeral 4 del artículo 24 del Decreto núm. 1424 de 24 de julio de 1998, “[…] Por el cual se establece el sistema salarial de evaluación por méritos para los Instructores del Servicio Nacional de Aprendizaje-Sena […]”, expedido por la Nación – Gobierno Nacional (conformado por el Presidente de la República, el Ministro de Hacienda y Crédito P.lico, el Ministro...
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