AUTO SUSTANCIACIÓN de Corte Suprema de Justicia - Sala Especial de Primera Instancia nº 51580 del 21-09-2021 - Jurisprudencia - VLEX 899305768

AUTO SUSTANCIACIÓN de Corte Suprema de Justicia - Sala Especial de Primera Instancia nº 51580 del 21-09-2021

Sentido del falloNIEGA PRUEBAS
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala Especial de Primera Instancia
EmisorSala Especial de Primera Instancia
Fecha21 Septiembre 2021
Tipo de procesoPRIMERA INSTANCIA AFORADOS
Número de expediente51580

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA ESPECIAL DE PRIMERA INSTANCIA


ARIEL AUGUSTO TORRES ROJAS

Magistrado Ponente


Radicación N° 51580


Bogotá D.C., veintiuno (21) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).



La Sala decide sobre la petición de prueba de refutación del defensor del doctor J.T.L. relacionada con los registros de sus entradas y de la investigadora privada, A.E.C.P., al Centro Carcelario y Penitenciario El Buen Pastor de esta ciudad; con la finalidad de contradecir las manifestaciones de la testigo M.S.J.P. en relación con las presuntas presiones recibidas por ella de esa bancada, a raíz de su testimonio en esta audiencia:


1. Esta Corporación en decisión de 11 de julio de 2018 (CSJ SP2709-2018, rad. 50637), ha señalado que la impugnación de la credibilidad de los testigos se deriva del derecho a la confrontación, razón por la cual para tales efectos el ordenamiento otorga varias herramientas a las partes, entre estas el ejercicio del contrainterrogatorio, la utilización de declaraciones anteriores para demostrar contradicciones, omisiones o cualquier otro aspecto relevante para establecer la credibilidad del testigo; y también la posibilidad de decretar la prueba de refutación, cuyo desarrollo es jurisprudencial a pesar de estar mencionada en el artículo 362 de la Ley 906 de 2004.


Es decir, la prueba de refutación se orienta al propósito de cuestionar la credibilidad del testigo en los aspectos señalados en el artículo 403 ibídem, pretendiéndose hacer perder eficacia a la prueba contradicha1:

ARTÍCULO 403. IMPUGNACIÓN DE LA CREDIBILIDAD DEL TESTIGO. La impugnación tiene como única finalidad cuestionar ante el juez la credibilidad del testimonio, con relación a los siguientes aspectos:

1. Naturaleza inverosímil o increíble del testimonio.

2. Capacidad del testigo para percibir, recordar o comunicar cualquier asunto sobre la declaración.

3. Existencia de cualquier tipo de prejuicio, interés u otro motivo de parcialidad por parte del testigo.

4. Manifestaciones anteriores del testigo, incluidas aquellas hechas a terceros, o en entrevistas, exposiciones, declaraciones juradas o interrogatorios en audiencias ante el juez de control de garantías. 5. Carácter o patrón de conducta del testigo en cuanto a la mendacidad.


La finalidad de la prueba de refutación es impugnar otra prueba (la refutada) y con ella no se busca fundar la certeza del juez sobre los hechos y circunstancias del...

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