Aviso número 034 de 2013 - 31 de Julio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 451911758

Aviso número 034 de 2013

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín48868

Dirección Ejecutiva

Asunto: Actuación administrativa iniciada con fundamento en el numeral 2 del literal b) del artículo 30 de la Resolución CREG 126 de 2010 para el Gasoducto Guando - Fusa-gasugá. Expediente 2013-0063.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).

HACE SABER:

Mediante la Resolución CREG 126 de 2010, la Comisión de Regulación de Energía y Gas estableció los criterios generales para la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema de cargos del Sistema Nacional de Transporte, y dictó otras disposiciones en materia de transporte de gas natural.

El literal b) del artículo 30 de la Resolución CREG 126 de 2010, modificado por el artículo 1º de la Resolución CREG 129 de 2010, ha previsto para el caso de los sistemas de transporte cuyos cargos han estado vigentes por más de cinco años y si los transportadores no realizaron la solicitud tarifaria a que hace referencia esta disposición, que la Comisión inicie de oficio las actuaciones administrativas tendientes a la aprobación de los cargos, para lo cual hará uso de la mejor información disponible.

En cumplimiento de lo anterior, la Comisión mediante Auto I-2013-002461 del 28 de junio de 2013 dio inicio una actuación administrativa de oficio con el objeto de aprobar los cargos para el gasoducto Guando-Fusagasugá de la empresa Progasur S.A. E.S.P.

En dicho Auto se solicitó a la empresa Progasur S.A. E.S.P. remitir la información exigida en los artículos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de la Resolución CREG 126 de 2010, dentro de los quince (15) días siguientes a la comunicación del presente Auto. Dicha solicitud fue atendida por la empresa mediante comunicación E-2013-006382.

Ahora, una vez remitida la información por parte de la empresa Progasur S.A. E.S.P., mediante Auto del 29 de julio de 2013, la Comisión decidió decretar la práctica de las siguientes pruebas:

· Tener como prueba la información allegada por Progasur S.A. E.S.P. con radicación CREG No. E-2013-006382 con todos sus anexos.

· Ordenar a Progasur S.A. E.S.P. copia de los documentos de todos los negocios jurídicos, entre estos los contratos de transporte de gas natural bajo la modalidad firme, interrumpible o cualquier otra modalidad que a la fecha involucren el gasoducto Guando-Fusagasugá.

· Practicar una auditoría a la información reportada por Progasur S.A. E.S.P, según el formato del anexo 2 y el formato 5 del anexo 5 de la Resolución CREG 126 de 2010.

· Practicar una auditoría a la información...

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