Aviso número 061 de 2013 - 21 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 470896238

Aviso número 061 de 2013

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín48950

Bogotá, D.C. AUTO:

Actuación administrativa iniciada por mutuo acuerdo en virtud de lo previsto en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, a fin de revisar el cargo promedio de distribución de gas combustible por redes de tubería aprobado al mercado relevante conformado por el municipio de Barichara en el departamento de Santander mediante Resoluciones CREG 029 y 104 de 2013, por ajuste de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Regalías, solicitud presentada por la empresa Proviservicios S.A. E.S.P.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)

HACE SABER:

El numeral 73.11 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la competencia para establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible.

Mediante la Resolución CREG 011 de 2003, la CREG estableció los criterios generales para remunerar las actividades de distribución y comercialización de gas combustible, y las fórmulas generales para la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por redes de tubería.

Con base en la metodología de la Resolución CREG 011 de 2003, se expidió la Resolución CREG 029 de 2013, mediante la cual se aprobó el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Barichara ubicado en el departamento de Santander, según solicitud tarifaria presentada por Proviservicios S.A. E.S.P.

Mediante Resolución CREG 104 2013 se resolvió el recurso de reposición en contra de la Resolución CREG 029 de 2013, interpuesto por el Fondo Nacional de Regalías.

Mediante comunicación E-2013-008652 del 30 de septiembre de 2013, la empresa Proviservicios S.A. E.S.P. le manifestó a la Comisión lo siguiente.

"(.-).

Ahora el municipio de Barichara, dando cumplimiento a lo establecido en el numeral 87.9 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 99 de la ley 1450 de 2011, en donde se dispone lo siguiente: "las entidades públicas podrán realizar aportes a las empresas de servicios públicos siempre que el valor correspondiente no se incluya en el cálculo de tarifas (Proyectos a costo hundido) (Comillas, paréntesis y su contenido, subrayas y negrillas fuera del texto original), y después de realizar un análisis detallado correspondiente a la...

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