Aviso número 107 de 2015 - 17 de Diciembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 590288558

Aviso número 107 de 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49729

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)

HACE SABER QUE:

De acuerdo con lo dispuesto en los literales c) y d) del artículo 23 de la Ley 143 de 1994, es función de la CREG definir la metodología para el cálculo de los cargos por los servicios de despacho y coordinación prestados por el Centro Nacional de Despacho y aprobar los respectivos cargos.

Según los artículos 23, literal c) y 32 de la Ley 143 de 1994 y los artículos 167 y 171 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 30 de la Resolución CREG 024 de 1995, la Comisión debe establecer los costos de funcionamiento del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales.

Mediante la Resolución CREG 174 de 2013, se adoptó la metodología para la remuneración de los servicios del CND, ASIC y LAC y se establecen otras disposiciones.

En la Resolución CREG 029 de 2014 se estableció la remuneración de los servicios regulados del CND, ASIC y LAC para el actual periodo tarifario y mediante la Resolución CREG 168 de 2014 se ajustó la remuneración de estos servicios para el año 2015.

Con respecto a este último acto administrativo, en el artículo 2 de la Resolución CREG 168 de 2014 se establecieron los gastos operativos de referencia, GOPRt para el segundo año del periodo tarifario, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 y el numeral 2 del anexo 1 de la Resolución CREG 174 de 2013.

Actualmente la Comisión viene adelantando la actuación administrativa, expediente 2015-00117, con el objeto de decidir la solicitud de ajuste al ingreso regulado aprobado a XM Compañía de expertos en mercados S. A. E.S.P., por la prestación de los servicios del CND, ASIC y LAC para el año 2016.

Como parte de esta actuación administrativa, mediante comunicaciones S-2015-005080, S-2015-005183 y S-2015-005289 la CREG procedió a solicitar una serie de aclaraciones en relación con la información remitida como parte del ajuste solicitado por parte de XM. Dichas solicitudes fueron atendidas por XM mediante comunicaciones E-2015-005183, E-2015-013074 y E-2015-013073. En esta última XM manifiesta la existencia de una serie de eventos que afectan la aplicación de la metodología en relación con los gastos operativos, derivados de la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

De acuerdo con lo previsto en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, se permite que dentro del periodo de vigencia de las fórmulas tarifarias se celebre un acuerdo entre la empresa de servicios públicos y la...

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