Avisos Judiciales - 11 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43132283

Avisos Judiciales

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Número de Boletín43889

DIARIO OFICIAL 43.889 AVISOS JUDICIALES . 11/02/2000 La suscrita Secretaria del Juzgado Segundo de Familia de Armenia, Quindío, avisa al público en general que Rosalía Díaz Cortés no tiene la libre administración de sus bienes. La suscrita Secretaria del Juzgado Segundo de Familia de Armenia, Quindío, AVISA: Al público en general, que la señora Rosalía Díaz Cortés no tiene la libre administración de sus bienes, por así haberse dispuesto dentro del proceso de jurisdicción voluntaria de interdicción judicial por demencia, tramitado en este despacho a través de apoderado judicial por el señor Luis Francisco Herrera Díaz, radicado bajo el número 98-0066-00, mediante sentencia de fecha agosto 20 de 1999, que posteriormente fue confirmada por la Sala de Decisión Civil del honorable Tribunal Superior de Armenia, Quindío, en providencia de octubre 26 de 1999, cuyos encabezamientos y parte resolutiva dicen: "En mérito de lo expuesto el Juzgado Segundo de Familia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, FALLA: Primero. Declárase en interdicción definitiva a la señora Rosalía Díaz Cortés por encontrarse en estado de demencia y en consecuencia imposibilitada para representarse a sí misma y administrar sus bienes. Segundo. Como curador general de la interdicta Rosalía Díaz Cortés, se designa a su hijo Luis Francisco Herrera Díaz quien en adelante tendrá su representación personal y patrimonial. Tercero. Se ordena que el señor Luis Francisco Herrera Díaz tome posesión del cargo para el que ha sido nombrado, artículo 236 del C. de P. C., numeral 3°. Cuarto. Se exonera al señor Luis Francisco Herrera Díaz de prestar fianza y se le discernirá el cargo una vez tome posesión del mismo, Artículo 465 del Código Civil. Quinto. El guardador debe llevar a cabo el inventario de los bienes de la interdicta en el término de 30 días (artículos 465 y 468 del Código Civil). Sexto. Inscríbase esta sentencia en el registro civil de nacimiento de la señora Rosalía Díaz Cortés y en el libro de varios. Líbrese el oficio respectivo. Séptimo. Publíquese esta sentencia por una sola vez en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional y en carteles que se fijarán por lo menos en tres sitios más concurridos de la ciudad. Octavo. Si esta sentencia no es recurrido, envíese para su respectiva consulta al superior jerárquico, Decreto 2272 de 1989, artículo 6°. Noveno. Sin costas en este asunto, por la naturaleza del asunto...

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