Avisos Judiciales - 25 de Julio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43178622

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín44878

El Juzgado Doce de Familia de Bogotá, D. C.,

EMPLAZA A:

Mauricio Quintero Valbuena, cuyo último domicilio fue la ciudad de Bogotá, D. C. y su paradero actualmente se desconoce, para que se presente a este Despacho Judicial a estar a derecho dentro del proceso de Declaración de Muerte por Desaparecimiento e igualmente se emplaza a quines tengan derechos a la guarda respecto del señor Mauricio Quintero Valbuena.

Proceso que adelanta María Rosalba Gladys Valbuena en calidad de madre de Mauricio Quintero Valbuena. Igualmente se solicita a cualquier persona que tenga noticias del desaparecido lo informe al Juzgado a la menor brevedad según el demandante como declarac iones de su petición son los que a continuación se sintetizan:

Fundamentos de hecho

  1. Mauricio Quintero Valbuena es hijo de la señora María Rosalba Gladys Valbuena. Es un joven de tez trigueña, cejas pobladas, cabello negro liso, se peina de lado, ojos café oscuro, nariz recta, contextura delgada, con una estatura aproximada de 1.65 metros, con una cicatriz pequeña en el pómulo derecho.

  2. Mauricio, aunque no era muy constante en visitar a su madre, a más tardar lo hacía cada mes, la llamaba por enterarse de cómo se hallaba, vivía muy pendiente de ella.

  3. La última vez que la actora (la madre de Mauricio Quintero) supo de él, fue el 26 de julio de mil novecientos noventa y siete (1997). Desde entonces perdió todo contacto con él.

  4. Durante todo este tiempo de ausencia se le ha buscado de una forma y otra, se ha averiguado con sus amigos, han ido a los sitios donde él solía ir, pero nadie dá razón.

    Declaraciones

  5. Que se declare la Muerte Presuntiva por Desaparecimiento del señor Mauricio Quintero Valbuena, hijo de la señora María Rosalba Gladys Valbuena, quien despareció en la calle 19A número 11B-11 Sur, lugar de su último domicilio, pues la última vez que se supo de él fue el 26 de julio de 1997.

  6. Que surtidas las comunicaciones como lo dispone el artículo 97 del Código Civil, numeral 2, se le designe curador ad litem al desaparecido.

  7. Que recibidas noticias sobre el paradero del ausente, solicito al señor Juez se hagan las averiguaciones que estime necesarias, a...

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