Avisos Judiciales - 12 de Enero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43218167

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín45789

Que dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria (Muerte Presunta por Desaparecimiento), promovido por Libia Arenas de Aguirre, se dictó sentencia cuyo encabezamiento y parte resolutiva dice:

"Juzgado Promiscuo de Familia

Líbano, junio veintidós de dos mil cuatro.

...

Primero. Declarar la Muerte Presuntiva por Desaparecimiento del señor Julio Ernesto Aguirre Orozco, identificado con la cédula de ciudadanía número 2316923 de Herveo, Tolima, natural de Fresno, siendo su último domicilio esta ciudad del Líbano, Tolima.

Segundo. Señálese como fecha presuntiva del acaecimiento de su muerte el día nueve (9) de noviembre del año dos mil dos (2002), de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 97 del Código Civil.

Tercero. Ofíciese al señor Registrador Nacional del Estado Civil para que se cancele la cédula de ciudadanía del desaparecido Julio Ernesto Aguirre Orozco.

Cuarto. Ofíciese al señor Registrador Municipal del Estado Civil del Líbano, a fin de que se registre la defunción del desaparecido Julio Ernesto Aguirre Orozco, ordenándose transcribir lo aquí resuelto para que se extienda el folio de defunción.

Quinto. Publíquese por una sola vez, el encabezamiento y la parte resolutiva de esta sentencia, vencido el término de ejecutoria, en un periódico de amplia circulación nacional, que se edite en la capital de la República y en un periódico y una radiodifusora local. Asimismo, se publicará en un periódico oficial (artículo 97 numeral 5 Código Civil).

Sexto. Si no fuere apelada esta sentencia consúltese por ante la Sala Civil-Familia del honorable Tribunal Superior de Ibagué.

Notifíquese...

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