Avisos Judiciales - 20 de Junio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43223220

Avisos Judiciales

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Número de Boletín45945

En el proceso de Jurisdicción Voluntaria, sobre muerte presuntiva por desaparecimiento del señor Jesús Enrique Castrillón Bustamante promovido por los señores Jesús María Castrillón Arenas y María Genoveva Bustamante Vanegas, para efect os de la regla 5ª del artículo 657 del C. de P. Civil, se publica a continuación la parte inicial y resolutiva de la sentencia de primera y segunda instancia, las que se profirieron respectivamente 22 de noviembre de 2004 y el 19 de abril de 2005.

Sentencia de Primera Instancia: Juzgado Civil del Circuito. Girardota, veintidós de mayo de dos mil cuatro. Mediante escrito presentado el 9 de septiembre de 2004, visible a folios 9 a 12, los señores Jesús María Castrillón y María Genoveva Bustamante Vanegas, por intermedio de apoderado judicial, pretenden que previo el trámite que le es propio al procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, se declare la muerte presuntiva por desaparecimiento del señor Jesús Enrique Castrillón Bustamante.

En mérito de lo expuesto, el Juzgado Civil del Circuito de Girardota, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,

FALLA:

Primero. Por lo que se expresó en la parte motiva, declárase que el señor Jesús Enrique Castrillón Bustamante, nacido el 21 de agosto de 1967, ha muerto presuntamente el día 19 de junio de 2003.

Segundo. Ordénase transcribir lo resuelto a la Notaría Unica de la localidad para que se sirva expedir el folio de defunción correspondiente (Código de Procedimiento Civil, artículo 657, regla 5ª), así como en el registro de nacimiento del señor Jesús Enrique Castrillón Bustamante y en el libro de Varios de la citada notaría.

Tercero. El encabezamiento y parte resolutiva de esta sentencia, se publicará una vez por lo menos en el Diario Oficial, en los periódicos El Colombiano y El Espectador de Bogotá, D. C., así como en una radiodifusora local (Código Civil, artículo 97, condición 5ª, en armonía con el artículo 657 del Código de Procedimiento Civil regla 5ª).

Cuarto. Esta sentencia se consultará con el honorable Tribunal Superior de Medellín, Sala de Familia (ibídem 386).

Cópiese y notifíquese.

El Juez,

(Fdo.) Martín Agudelo Ramírez.

Sentencia de Segunda Instancia: Tribunal Superior de Medellín Sala Primera de Decisión de Familia Medellín, abril diecinueve de dos mil cinco. Se decide el grado...

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