Avisos Judiciales - 12 de Diciembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43231178

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín46120

Que mediante Sentencia de fecha veintisiete (27) de enero de dos mil cinco (2005) y confirmada por el honorable Tribunal Superior, Sala de Familia mediante Sentencia de fecha diez (10) de junio de dos mil cinco (2005), proferido dentro del proceso de Interdicción de Hernán Montenegro Contreras que en su part e pertinente dice: ¿Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, D. C., en mérito de lo expuesto, El Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, D. C., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley,

RESUELVE:

  1. Declarar la Interdicción definitiva del señor Hernán Montenegro Contreras, por incapacidad mental, por las razones expuestas en la parte motiva de este fallo.

  2. Desígnase en el cargo de Curador del precipitado a la señora María Lilia Montenegro de Valdés, para que siga a cargo especialmente del cuidado personal de su hermano, señor Hernán Montenegro Contreras, pero también para que participe cuando sea necesario en la administración de sus bienes y en la representación judicial o extrajudicial que amerite la misma.

  3. Habiéndose probado en esta oportunidad respecto de bienes en cabeza del Interdicto en referencia, derechos sucesorales y sustitución pensional. En consecuencia de lo anterior se requiere la presentación del inventario solemne.

  4. Sin perjuicio de lo anterior y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 465 del Código Civil y las circunstancias propias de este proceso, se le impone a la Curadora designada la obligación de prestar una caución mediante póliza judicial que garantice el buen cumplimiento de sus deberes como administradora del usufructo a que se hace referencia en el expediente y el buen manejo de la pensión que tiene derecho el Interdicto.

  5. En consecuencia de lo anterior, se requiere a la Curadora designada para que administre cuidadosamente y sabiamente cualquier recurso destinado para el bienestar de su hermano, señor Hernán Montenegro Contreras, y para...

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