Avisos Judiciales - 14 de Marzo de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43234515

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín46210

El encabezamiento y la parte resolutiva de la Sentencia proferida en el proceso de Interdicción Judicial radicado 04-0704 de José Benigno Suárez Gaona.

En Bogotá, D. C., a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil cinco (2005), el Juzgado Quince de Familia de Bogotá, D. C.,

RESUELVE:

Primero. Decretar la Interdicción Judicial definitiva de José Benigno Suárez Gaona, por demostrarse que padece Retardo Mental Moderado que lo hace absolutamente incapaz para administrar sus bienes y disponer adecuadamente de ellos.

Segundo. Nombrar como Curadores Legítimos de José Benigno Suárez Gaona a César Julio y Miguel Angel Suárez Gaona, quienes deberán prestar caución conforme al artículo 465 del Código Civil. Se les advierte que en caso de incumplimiento de sus funciones se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 627 del Código Civil.

Tercero. Inscríbase esta sentencia en el Libro de Varios y en el Registro Civil de Nacimiento del interdicto.

Cuarto. Notifíquese al público por Aviso que se insertará una vez en el Diario Oficial y uno de amplia circulación que podrá ser El Tiempo, El Espectador, El Siglo o La República, a elección del interesado.

Quinto. Notifíquese el presente fallo al señor Agente del Ministerio Público.

Sexto. A costa de los interesados, expídanse copias pertinentes por Secretaría.

Séptimo. Consúltese la presente sentencia al honorable Tribunal Superior de Bogotá, D. C., Sala de Familia, conforme lo establece el artículo 386 del Código de Procedimiento Civil. Oficiar.

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D. C. ¿ Sala de Familia

Bogotá, D. C, veintisiete (27) de octubre del año dos mil cinco (2005)

Ref.: Interdicción de José Benigno Suárez Gaona (consulta).

Magistrado Ponente: Jaime Omar Cuéllar Romero.

Discutido y aprobado en sesión del trece (13) de septiembre del dos mil cinco (2005), según consta en el Acta número 048 de la misma fecha. Se decide por la Sala de Familia el grado jurisdiccional de consulta al que se encuentra sometida la Sentencia de dieciocho (18) de julio de dos mil cinco (2005), proferida por el Juzgado Quince (15) de Familia de Bogotá, D. C., en...

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