Avisos Judiciales del 12 de Diciembre de 2008 - 12 de Diciembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50188741

Avisos Judiciales del 12 de Diciembre de 2008

EmisorVarios
Número de Boletín47201

El Secretario del Juzgado Segundo de Familia de Cúcuta, HACE SABER: Que dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria, Declaración de Muerte por Desapare cimiento, radicado bajo el número 107-03, instaurado por la señora Luz Marina, Julio Flórez y Carlos Mario Ortiz Julio, que se tramitó en este Juzgado por sentencia de primera instancia de fecha 20 de noviembre de 2006, se resolvió lo que a continuación se transcribe: "Juzgado Segundo de Familia Cúcuta, veinte (20) de noviembre del año dos mil ocho (2008) Despacho ? Sin otras consideraciones, el Juzgado Segundo de Familia de Cúcuta, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE: 1.

Decretar la Muerte por Desaparecimiento del señor José Fredy o Fredy Ortiz, mayor de edad, vecino de esta ciudad, a partir del 17de agosto de 2000. 2.

Expedir copia de esta determinación a cualquiera de los señores Notarios del Círculo de Cúcuta para que extienda el folio de Defunción, informándole que los datos personales de José Fredy o Fredy Ortiz se anotan a continuación: Mayor de edad, vecino de Cúcuta, nacido en el municipio de Puerto Tejada, Cauca, el día 27 de febrero de 1952, hijo de la señora Nubia Ortiz, identificado con cédula de ciudadanía número 13346200 de Cúcuta, Norte de Santander. 3.

Ejecutoriado este fallo, publíquese en la fecha establecida en el artículo 657 del Código de Procedimiento Civil.

Cópiese, notifíquese y cúmplase.

El Juez, (Fdo.) Manuel Antonio Parada Villamizar.

Hay un sello.

Notificación De la providencia anterior a los señores Defensor y Procuradora de Familia.

Los Notificados, Sin firma.

Defensor de Familia, (Fdo.)...

Procuradora de Familia, ? La Secretaria, (Fdo.), Esther Aparicio Prieto.

Hay un sello".

Para la publicación al público de este decreto de Muerte por Desaparecimiento se ordena publicar el presente Aviso en el Diario Oficial, en un diario de mayor circulación que se edite en la capital de la República y en un periódico y una radiodifusora de esta ciudad, a fin de cumplir con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 657, en concordancia con el inciso 2 o del literal b) del numeral 2 del artículo 656 del Código de Procedimiento Civil y numeral 5 del artículo 97 del Código Civil.

Para los fines indicados se expide el presente Aviso a los cinco (5) días del mes de di ciembre de dos mil ocho (2008), a las ocho de la mañana (8:00 a.

m.), haciéndose entrega de las copias al interesado.

La Secretaria, Esther Aparicio Prieto.

Imprenta Nacional de Colombia.

Recibo Davivienda 04120007. 5-XII-2008.

Valor $28.100.

El Juzgado Quinto de Familia de Cúcuta, AVISA: Que en el proceso de Interdicción Judicial promovido por Henry Manuel Gutiérrez Lizcano, mediante Auto de fecha noviembre 7 de 2008, se decretó la Interdicción Provisoria de la señora Ángela Victoria Lizcano de Gutiérrez, designándose al señor Henry Manuel Gutiérrez Lizcano como su Guardador Provisional.

Por lo anterior, la señora Ángela Victoria Lizcano de Gutiérrez no tiene libre adminis tración de sus bienes.

Para los fines previstos en el artículo 659, numeral 7 del Código de Procedimiento Civil, se fija el presente Aviso en el lugar público y visible de la Secretaría del Juzgado y copia del mismo se entregará a los interesados para su publicación por una sola vez en el Diario Oficial y un periódico de amplia circulación.

Se fija el presente Aviso hoy primero (I o ) de diciembre de dos mil ocho (2008), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.

m.).

Este Despacho funciona en el Palacio de Justicia, Oficina 106C, Avenida Gran Colombia.

Radicado: 499-08.

La Secretaria, Livia Teresa García Guevara.

Imprenta Nacional de Colombia.

Recibo Davivienda 0412006. 5-XII-2008.

Valor $28.100.

El Secretario del Juzgado Segundo de Familia de Cúcuta, AVISA: Que dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria, Interdicción Judicial, radicado bajo el número 438/06, instaurado por la señora Maritza Estella Buendía Gamboa, que se tra mitó en este Juzgado por sentencias de primera y confirmada en segunda instancia por la Sala Civil-Familia del honorable Tribunal Superior de esta ciudad de fechas 23 de marzo de 2007 y 30 de agosto de 2007, se declaró en Interdicción Definitiva por Demencia a la señora Margarita Gamboa de Buendía y se le designó como Curadora a la señora Maritza Estella Buendía Gamboa, en su condición de hija.

Para la publicación al público de este decreto de Interdicción se ordena publicar el presente Aviso en el Diario Oficial y en el periódico La República de Bogotá, D.

C, con el fin de cumplir con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 659 del Código de Procedi miento Civil.

Para los fines indicados se expide el presente Aviso a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de dos mil siete (2007), a las ocho de la mañana (8:00 a.

m.), haciéndose entrega de las copias al interesado.

La Secretaria, Esther Aparicio Prieto.

Imprenta Nacional de Colombia.

Recibo Davivienda 0519393. 10-XII-2008.

Valor $28.100.

El Secretario del Juzgado Segundo de Familia de Cúcuta, AVISA: Que dentro del proceso de Jurisdicción Voluntaria, Interdicción Judicial, radicado bajo el número 443/08, instaurado por la señora Elva Labinia Urbina Hernández, que se tra mita en este Juzgado por Auto de fecha 24 de octubre de 2008, se declaró en...

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