Bicicletas con motor: atentado urbanístico - 28 de Octubre de 2022 - El Tiempo - Noticias - VLEX 913417095

Bicicletas con motor: atentado urbanístico

No debemos aceptarlo y nadie está en obligación de tolerarlo. Es también una vergüenza que las autoridades locales y nacionales sigan siendo testigos mudos de las violaciones del código de tránsito y de las normas de calidad del aire que son características de este modo de transporte: las bicicletas ‘hechizas’, a las que se han adaptado motores de gasolina, no deben circular por nuestras ciudades y mucho menos por los andenes y ciclorrutas. Esta discusión no trata de preferencias sobre un modo de transporte o si dicho modo resulta de utilidad para algunos usuarios y agentes económicos. La discusión aquí propuesta es sobre el carácter peligroso, contaminante, ruidoso e ilegal de las bicicletas con motores de combustión interna que no se ajustan a la regulación vigente. No podemos seguir esperando para actuar. Si se siguen multiplicando los usuarios de los motociclos ilegales, es posible que enfrentemos dificultades como las observadas en el pasado, cuando se ha intentado controlar a modos informales. En tales casos, un patrón común ha sido la utilización de vías de hecho por quienes se sienten afectados por las regulaciones. Un elemento esencial en esta discusión es la claridad de las normas vigentes. Aquí no estamos hablando de una situación con limbo jurídico o contradicciones legales. Por el contrario, las condiciones y características que habilitan el uso de bicicletas provistas con motores de combustión interna se encuentran tipificadas en la resolución 160 de 2017, del Ministerio de Transporte. Según dicha resolución, para el caso de dispositivos de combustión interna, un "motociclo o ciclomotor" es un automotor de dos ruedas, provisto de un motor cuyo cilindraje debe ser inferior a 50 centímetros cúbicos. Esto se define de forma explícita y diferencial al caso de "bicicletas con pedaleo asistido", las cuales son bicicletas (no automotores) equipadas con motores auxiliares con una potencia límite, que disminuye progresivamente con el aumento de la velocidad (que no debe superar los 25 kilómetros por hora)...

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