Capítulo 4. El control fiscal posterior y selectivo - Titulo I - Apuntes de responsabilidad fiscal - Libros y Revistas - VLEX 940464938

Capítulo 4. El control fiscal posterior y selectivo

Páginas29-32
Capítulo 4
El control fiscal posterior y selectivo
Estos conceptos enunciados en el capítulo anterior nos referencian
la nalidad del ejercicio de la vigilancia y el control scal en las
contralorías territoriales (distritales, departamentales y municipales)
incluyendo a la Contraloría General de la República, pero sólo hasta
que se aprobó el Acto Legislativo 04 de 2019, acto cono el cual se
le otorgó la facultad de control concomitante y preventivo como
reiteradamente lo he citado en esta obra.
El Magistrado ponente: Eduardo Cifuentes Muñoz en Sentencia
C-529 de 1993 manifestó15:
(…)
“noes concebible que dicha vigilancia scal se anticipe a la
creaciónmisma delingresoobien scaly seapliqueaquienno
efectúaconélactividaduoperaciónalguna”.
(…)
La Corte Constit ucional, además en Sentencia C-374 de 1995 al
respecto, dispuso:
(…)
“Lareglageneralesqueelcontrolscalesposterioryselectivo,
con lo cual se superó el uso del de sprestigiado sistema del control
previoe indiscriminado,que diolugar, conno pocafrecuencia,
alaabusivainjerenciadelaCont raloríacomo coadministrador
delagestiónpública.PorellolaConstituciónautorizaelexamen
de la gestión y de los resultados e n el manejo de los recursos y
bienespúblicos, demaneraquesepuedaestableceryevaluarla
15 Sentencia C-529 de 1993, Magistra do Ponente: Eduardo Cifuentes Mu ñoz, Santafé
de Bogotá noviembre 11 de 1993, REF. Demanda D281.

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