Capítulo 4. Providencias judiciales de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado como evidencia de la fundamentación jurídica para fallar en derecho en materia de autoridades regulatorias a partir del año 2003 - Autoridades regulatorias, softlaw administrativo y jurisprudencia - Libros y Revistas - VLEX 951516601

Capítulo 4. Providencias judiciales de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado como evidencia de la fundamentación jurídica para fallar en derecho en materia de autoridades regulatorias a partir del año 2003

AutorNatalia Rocio Franco Fuquen, Manuel Alberto Restrepo Medina
Páginas179-282
Capítulo 4
Providencias judiciales de la Corte
Constitucional y del Consejo de Estado
como evidencia de la fundamentación
jurídica para fallar en derecho en materia
de autoridades regulatorias a partir del
año 2003
Partiendo de la idea base de que Colombia se enmarca en un modelo de
Estado regulador, en el ámbito nacional, la Sentencia C-150 de 2003
esgrime un acercamiento a partir de las instituciones que la ejercen:
El primer rasgo común estriba en que la función estatal de regulación es ejercida por una
autoridad específicamente creada y concebida para fijar y ajustar de manera continua las
reglas de juego a las cuales debe sujetarse una actividad determinada dentro de un sector
socioeconómico. Segundo, la autoridad reguladora dispone de instrumentos de regulación
peculiares para el cumplimiento de su misión específica los cuales pueden ser de la más
diversa naturaleza según el problema que esta deba abordar. Tercero, la función de
regulación es usualmente confiada a órganos con un mayor grado de independencia que el
que tienen las entidades administrativas preexistentes en el respectivo país sometido a
controles jerárquicos o de tutela [...].
En ese orden de ideas, se llevó a cabo la recopilación de evidencia
empírica con base en criterios de búsqueda en las relatorías del Consejo de
Estado y de la Corte Constitucional a partir del año 2003, momento en el
que el Estado colombiano empezó su transformación a un modelo de Estado
regulador. Las palabras a las que se les dio alcance en la base de datos del
Consejo de Estado del 1. ° de enero de 2003 al 1.° de junio de 2019 se
resaltan en la tabla 28. No obstante, se realiza una búsqueda cruzada entre
instrumentos de soft law administrativo colombiano y las AAI para delimitar
el objeto de la búsqueda y obtener resultados más precisos y certeros de
cara a comprobar la hipótesis planteada.
De esta forma se efectúa un cruce entre el listado identificado en el
capítulo II (Instrumentos de soft law administrativo colombiano) y la lista
de autoridades regulatorias analizadas en el capítulo III, para un total de
trescientas ochenta y cuatro (384) posibles coincidencias por corporación
judicial, producto de la multiplicación de 24451 comandos en una fila (las
AAI) y 16 comandos en la otra (soft law). Es decir, de la suma de resultados
de ambas corporaciones judiciales pueden filtrarse setecientas sesenta y
ocho (768) coincidencias, dentro de las cuales en algunas ocasiones se
obtienen más de cincuenta (50) resultados. Por lo tanto, después de la
identificación e individualización de las providencias encontradas, se
procede a sistematizarlas de forma coherente y de fácil acceso para el lector,
conforme a lo cual se fueron enumerando los instrumentos de soft law de
los que se ocupa la jurisprudencia administrativa y se expusieron los casos
analizados por las distintas entidades.
Los resultados favorables están subrayados y analizados posteriormente.
Hay resultados repetidos. Las providencias que no tienen su naturaleza
especificada entre paréntesis corresponden a sentencias. A su vez, es
importante indicar que se llevó a cabo la búsqueda bajo el criterio de las
palabras clave de la tesis, tales como: soft law (6), derecho blando (7),
autoridad regulatoria (4), autoridad administrativa independiente (6) y
órgano autónomo (15), no encontrando resultados concordantes.
Respecto de los resultados de la Corte Constitucional, se deben hacer
algunos comentarios. En promedio esta búsqueda arrojó considerablemente
muchos más resultados que en la relatoría del Consejo de Estado, motivo
por el cual no se llevó a cabo una búsqueda de palabra individual, para
optimizar el criterio de referencias.
Bajo la combinación de “Directiva”, se aplicó también la restricción
AND NOT” “Junta Directiva”, que permitía la página de la relatoría. Lo
anterior, para evitar la revisión de múltiples resultados sin objetivo, puesto
que lo que se observó en la búsqueda de las primeras entidades fue que no
había coincidencia alguna porque las palabras entidad y junta directiva se
encontraban absolutamente descontadas en las sentencias. Más aún cuando
las AAI no cuentan con una junta directiva.
Lo anterior se aplicó salvo en la entidad “Banco de la República”, que
tuvo un tratamiento diferenciado, puesto que, si bien en principio todas las
AAI deberían contar con plena autonomía, el Banco de la República452 es
una institución que no se encuentra por debajo del nivel ministerial453, por
lo que la investigación resultaría infructuosa. Es así como los comandos
utilizados en esta conjugación fueron “Banco de la República” AND
“Directiva Presidencial”454. Pero lo más relevante es que tampoco
resultaba, pues precisamente el objeto del libro redunda en encontrar
resultados de las funciones de las instituciones, funciones que ejercería la
junta directiva en este caso.
Cuando la búsqueda arrojaba más de treinta (30) resultados, no se
referenciaban en el cuadro sino únicamente las combinaciones concordantes
con el fin de preservar el espacio.
A continuación se presenta la lista de los instrumentos de soft law
administrativo analizados a lo largo de este trabajo. No obstante, se llevó a
cabo una reorganización en virtud del número de resultados que se iban
obteniendo y del orden de la lista que guardó el presente libro. En ese
sentido, aquellos instrumentos de soft law que no arrojaban resultados
combinados dentro de la relatoría del Consejo de Estado455 fueron objeto de
búsqueda individual, y se encontraron coincidencias en algunos de ellos

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