Capítulo 7: Dignidad como condiciones materiales de existencia
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D
En la sentencia de T 596-92 (Mg. Ciro
Constitucional ordena a las autor idades administrativas adelantar
irrogaba trat o inhumano a los reclusos. Esto, que pudiera pare cer un
pronunciamiento aislado no es tal, sino que en adelante la Corte ha
las condiciones materiales en que v iven las personas porque considera
cuando se relaciona con cierto s ector sociales que se han considerado
marginados, lo que ha servido para declarar lo que se ha llamado
“estado de cosas inconstituciona l1, como lo hizo en la sentencia T
53-98 (Mg.
1
la “political question doctrine“structural remedies
(T-1030 de 2003, M.P.
(b) “ un
(c)
principios y derechos c ontenidas en el Texto Fundam ental y la diaria y t rágica
de 2010, M.P
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