Capítulo II: Principios y norma rectoras - Fundamentos constitucionales y límites del ius puniendi - Libros y Revistas - VLEX 1028410165

Capítulo II: Principios y norma rectoras

Páginas33-60
Capítulo II
Principios y norma rectoras
Sumario
1. Concepto de principios; 2. Principios del d erecho penal; 3.
Principio de intervención mínima; 4. Principio de protección
de bienes jurídicos; 5. Principio de la d ignidad de la persona;
6. Concepto de norma re ctora; 7. Características de las normas
rectoras;8. Funciones de las normas rect oras; 8.1. Limites del Ius
puniendi; 8.1.1. Limites del Ius puniendi en la jurisprudenc ia; 8.2.
Orientar la legislación penal; Referencias.
1. CONCEPTO DE PR INCIPIOS
       “Pri mer
instante del ser de algo
sirve de base a un orden determinado de conocimientos o sobre la
que se apoya un razonamiento.
Los principios en cualquier disciplina son postulados fundamentales
 
del saber. Son la parte esencial de la estructura en la disciplina en su

irradian las est ructuras lógicos-teóricas que se desarrollen integrando
una unidad armónica. Son la esencia, el espíritu del sistema teórico
que difunde toda una estr uctura.
   : Los postulados inspiradores de
una determinada disciplina son ciertos enunciados admitidos como

del saber, los cuales equivalen, en sentido lógico, a las verdaderas
fundantes de dicho sistema de conocimientos, admitidas como tales
por su evidencia y previa comprobación”. Por supuesto, también la
Gianni Egidio Piva Torres34
ciencia jurídica está gobernada por unos principios básicos sin los
cuales carecería de sentido cualquier intento de elaboración teórica con
validez general, por ello puede hablarse de la existencia de verdades
supremas del derecho in genere, o sea, aquellos elementos lógicos y
éticos del quehacer jurídico que por su carácter racional y humano
son vinculante comunes a todos los pueblos.
Vemos como el principio de presunción de inocencia, es un
principio universal de todos los derechos penales modernos.
CPC
Ar t. 29.– El debido proceso se aplicará a toda clase de act uaciones
judiciales y administra tivas. Nadie podrá ser juzgado sin o
conforme a leyes preexi stentes al acto que se le imputa, ante juez
o tribunal compete nte y con observancia de la plenit ud de las
formas propias de cada ju icio.
CPP
Art.6.–Lega lidad. Nadie podrá se r investigado ni juzgado sino
conforme a la ley procesal vigente al m omento de los hechos, con
observancia de las for mas propias de cada juicio.
Sobre lo que se debe entneder por presuncion de inocencia se pronunic
ala Sala Penal: “La presunción de inocencia es un principio general del
derecho establecido como garantía fundamental en el artículo 29, inciso
4° de la Constitución Política el cual puede ser lesionado cuando la
declaración de responsabilidad penal no se sustenta probatoriamente
o se acude a consideraciones judiciales irracionales o arbitrarias.
Por eso cuando el juzgador se encuentra en estado de
incertidumbre dado que las pruebas no le permiten arribar más
allá de toda duda razonable a acreditar la ocurrencia del delito y
el compromiso del procesado debe realizar cabalmente el principio
de resolución de duda”. Sala de Casación Penal. Exp: SP1653-2019.
Fecha: 08/05/2019. MP: Eugenio
Los principios son la base en que se cimenta el Ius Puniendi como
facultad punitiva del Estado que, en un Estado Democrático como
lo propugna nuestra constitución, debe soportarse en aquello que es
ideal a ese modelo de Estado el cual tiene como pilar fundamental, el

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