Capítulo Primero: Responsabilidad penal de la persona jurídica - Primera parte - Responsabilidad penal de la empresa - Libros y Revistas - VLEX 940624111

Capítulo Primero: Responsabilidad penal de la persona jurídica

Páginas27-58
Capí tu lo Pr imero
Responsabi lidad penal de la persona jurídica
INTRODUCC IÓN
En la actualidad en el ámbito del Derecho Penal Económico y en general
todo el Derecho Penal, se viene discutiendo si es correcto la sanción penal a

tendría la pena para ellas, y otras cuestiones que veremos oportunamente.
Pero lo cierto y real es que a nivel legislación se ha avanzado en la aplicación
de sanciones penales a las personas jurídicas. Así, en la Unión Europea se ha
previsto la sanción penal para las personas jurídicas, como Francia y España
entre otros.
En los países de la región la discusión va dando lugar en cuanto a la
aceptación, desde la legislación, pero no tanto a nivel doctrinario, y esto viene
siendo receptado distintos países, como por ejemplo en Argentina en el Art.
304 del Código Penal y el Art. 14 de la Ley 24.769 y la reciente Ley 27.401, en
Chile mediante la Ley Nº 20.393, entre otros.
En general, la discusión comienza en virtud a que, el derecho penal parte
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hombre como titular de su autonomía, la que fue apta para los comienzos de
la sociedad de mercado, pero luego exhibió sus desajustes, así, la aparición
de los holding, trusts, monopolios, fusiones y sus formas jurídicas, y estos no
se compadecen con una ley penal que apuntaba fundamentalmente a tutelar
al sujeto-propietario y sus objetos cuando, como todos estamos viendo, de la
realidad emerge un daño macrosocial y agentes supraindividuales1.
1 David. La responsabilidad penal de las personas jurídicas, (Ensayo de un nuevo modelo
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principio de selectividad –marginación del área de protección de los sujetos no propietarios- y
fortalecer la impunidad de las corporaciones que aparecían con visible protagonismo, pero, al mismo
28 Rafael Ber ruezo
Con el devenir de los tiempos, las personas jurídicas comienzan a actuar
y empiezan a surgir diversos problemas relacionados con la influencia
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determinación normativa de las competencias; b) la imputación jurídico penal; y
2. En relación a esto, 
 3 expresa que un hecho punible cometido en el ámbito de una empresa
–como un grupo de personas organi zadas por medio de la división del trabajo–

de responsabilidad y acción. Y de esta forma se plantean dos cuestiones: a) hasta
qué punto y bajo qué condiciones el que actúa realmente como representante
puede ser perseguido como tal; b) hasta qué punto y bajo qué condiciones puede
ser responsable penalmente la empresa misma.
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plenamente la criminalidad de las agrupaciones se originan en el contenido de
las nociones fundamentales de la doctrina penal: acción, culpabilidad, capacidad
penal. A primera vista, la acción siempre está ligada, en derecho penal, al
comportamiento humano y la culpabilidad o culpa constituye un reproche ético
o moral humano que estaría excluido en el caso de las agrupaciones. Estas no
podrían ser, además, las destinatarias o sujetos pasivos de penas criminales con
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mucho menos graves cuando sólo se prevén sanciones medio o cuasi penales y
no verdaderas penas respecto a las agrupaciones. En ese caso, las categorías y
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Por otro lado, tenemos los problemas que van surgiendo, en cuanto a los
criterios de división y delegación del trabajo que rigen una organización
empresarial que se erigen como una causa de impunidad, en vir tud de la seria
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jurídica es obviamente una organización destinada a realizar actividades lícitas,
en la cual se pueden cometer comportamientos delictivos en el desarrollo de sus
operaciones. En estas condiciones resulta difícil imputar a un alto directivo un
comportamiento realizado en el seno del organismo y ejecutado por empleados5.
tiempo, lesionaba las reglas del intrasistema capitalista, que exigía el libre juego de la competencia
en las variantes del mercado.
2  Esteban. Los delitos económicos, edit. Ad-Hoc, 2000, p. 123.
3  Silvina. Responsabilidad penal de las personas jurídicas. Edit. Hammurabi, 2001. p. 26.
4 T Klaus. Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. www.unifr.ch/ddp1/
derechopenal/anuario/an_1996_07.pdf. p. 110.
5 , Fabián I. – , José Daniel. Responsabilidad penal de las personas jurídicas,
Derecho Penal Económico. Edit. Mediterránea T. 1, p. 186.
29Prime ra Parte. Capítulo I. Re sponsabili dad penal de la persona ju rídica
Esto, en la actualidad, es una realidad casi idéntica en muchos países,
sobre todo en los países industrializados. Esta división de trabajo conduce, a
un debilitamiento de la responsabilidad individual y, por otro lado, a que las
entidades colectivas sean consideradas, responsables, en lugar de las personas
físicas. Esto coloca al derecho penal ante problemas novedosos, que facilita e

Así lo expresa Klaus 6 quien dice, que de ahí surge la idea de no
sancionar solamente a estos autores materiales, sino también a la agrupación
misma, y que nuevas formas de criminalidad como los delitos en los negocios
(comprendidos aquellos contra el consumidor), los atentados al medio ambiente
y el crimen organizado, colocan a los sistemas y medios tradicionales del

una nueva manera de abordar los problemas.
Por otro lado, en la actualidad estamos asistiendo a un avance del derecho
penal a regular las actividades vinculadas con la economía, que anteriormente
tenían su regulación administrativa. Es por lo que, al legislar sobre conductas
ilícitas en el ámbito económico, nos encontramos con la persona jurídica de
gran participación tanto en actividades lícitas como ilícitas, por lo que aparece
nuevamente la discusión de si corresponde aplicar sanción penal a esta o a sus
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El tema de la responsabilidad penal de los entes colectivos se encuentra
relacionado, fundamentalmente, al ámbito de los delitos económicos y ahora
a los delitos de corrupción, es decir, a todas las acciones punibles y a las
infracciones administ rativas que se cometen en el marco de la participación de
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importante la crimi nalidad de empresa, como suma de todos los delitos que se
cometen a partir de una empresa o a través de entidades colectivas7.
La importancia del tratamiento en la doctri na de la responsabilidad penal de
la persona jurídica está en que, un hecho punible cometido en el marco de una
empresa, o sea, de un grupo de personas organizado por medio de la división
del trabajo, produce en comparación con un delito cometido en la esfera de la
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para la escisión, típica en la empresa, de responsabilidad y acción; esto es: la
verdadera lesión del bien jurídico es llevada a cabo a menudo por una persona
6 , Klaus. Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. www.unifr.ch/derechopenal.
7  Silvina. La responsabilidad penal de las personas jurídicas: Un problema del sujeto
de derecho penal. La responsabilidad penal de las personas jurídicas órganos y representantes.
ARA Editores. Coordinador  Percy.

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